Entornos especiales

El operador designado para la prestación del Servicio Postal Universal (SPU) deberá realizar la entrega de los envíos en la dirección postal que figure en su cubierta, procurando la entrega de aquellos envíos postales cuya dirección, aun siendo incompleta, permita la identificación del destinatario. Las entregas se practicarán, al menos todos los días laborables, de lunes a viernes, salvo en el caso de concurrir circunstancias o condiciones geográficas especiales. En ese caso, se realizará una entrega en instalaciones apropiadas distintas al domicilio postal, que previamente habremos de autorizar mediante la definición de zonas de muy baja densidad de población, entre las que no se incluyen zonas rurales.

Últimas resoluciones

Todas las resoluciones de expedientes de entornos especiales en el ámbito postal