D. LUIS BERMÚDEZ ODRIOZOLA, Secretario del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, en uso de las competencias que le otorga el artículo 40 del Reglamento de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, aprobado por Real Decreto 1994/1996, de 6 de septiembre,  

CERTIFICA: 

Que en la Sesión del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones celebrada el día 12 de noviembre 1998, se ha adoptado el siguiente 

ACUERDO 

Por el que se aprueba la RESOLUCIÓN SOBRE LA SOLICITUD DE RETEVISIÓN MÓVIL S.A., DE NÚMEROS CORTOS

En relación al escrito presentado por D. Luis Alberto Salazar-Simpson Bos, en nombre de Retevisión Móvil S.A., solicitando la asignación de determinados números cortos, el Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones ha adoptado en su sesión nº 42 del día de la fecha, la siguiente Resolución:

Resolución del 12 de noviembre de 1998 en el expediente nº R.S. 182/98


 

HECHOS 

Primero.

La Orden de 24 de junio de 1998, del Ministerio de Fomento, por la que se resuelve el concurso público convocado para la adjudicación de una concesión para la prestación del servicio de comunicaciones móviles personales en su modalidad DCS 1800, resuelve adjudicar esta concesión a Retevisión Móvil, S.A.

Segundo.

Con fecha 24 de julio de 1998, Retevisión Móvil, S.A., formaliza el Contrato Administrativo de concesión para la prestación del servicio de comunicaciones móviles personales en su modalidad DCS-1800.

Tercero.

Con fecha 10 de septiembre de 1.998, el Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones aprueba Resolución sobre solicitud de Lince Telecomunicaciones, S.A., de números cortos.

En esta Resolución se fija el criterio para la asignación de números cortos:

"De conformidad con lo anterior, esta Comisión estima adecuado proceder a la apertura del rango 14XY, con un total de cien números, que comenzaría a asignarse con la petición de Lince, de la forma siguiente, en grupos de cinco números:

1400 a 1404

1410 a 1414

1420 a 1424

1430 a 1434

1440 a 1444

1450 a 1454

1460 a 1464

1470 a 1474

1480 a 1484

1490 a 1494

 

números cortos, correspondientes al mismo grupo, siendo este grupo el elegido por el operador entre los que permanezcan libres.

Los rangos NX=15,16,17,18 y 19 quedan igualmente en reserva."

Cuarto.

Con fecha 30 de septiembre de 1998, D. Luis Alberto Salazar-Simpson Bos, en nombre y representación de Retevisión Móvil S.A., dirige escrito a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones solicitando la asignación de los números cortos 1470 y 1474, para su utilización como números de identificación del servicio por operadora y directorio, y del servicio de atención comercial e información y venta, respectivamente.

Quinto.

Examinada la información presentada por Retevisión Móvil S.A., los servicios técnicos de la Comisión emitieron con fecha 21 de octubre de 1998 informe sobre asignación de los números cortos solicitados.

Sexto.

En el trámite de audiencia concedido al efecto, no se formulan alegaciones a la propuesta del informe técnico.

 

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Competencia de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones

Esta Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones es competente para asignar recursos públicos de numeración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 Dos 2.c) de la Ley 12/1997, de 24 de abril, de Liberalización de las Telecomunicaciones, a cuyo tenor la Comisión tiene como función:

"c) Velar por la libre competencia en el mercado de las telecomunicaciones, equilibrando, en su caso, las situaciones discriminatorias y asignando la numeración a los operadores, para lo que dictará las resoluciones oportunas".

Segundo.

Retevisión Móvil, S.A. como entidad prestadora del servicio telefónico está habilitada para solicitar la asignación de recursos de numeración, de acuerdo con el artículo 1 del Reglamento de procedimiento de asignación y reserva de recursos públicos de numeración por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.

Tercero.

Visto el informe de los servicios técnicos de esta Comisión, sin alegaciones formuladas por los interesados, y analizada la solicitud formulada por Retevisión Móvil, S.A. esta Comisión

 

RESUELVE

Primero.

Asignar a Retevisión Móvil S.A., los siguientes números cortos identificados por los dígitos NXYA del Plan Nacional de Numeración para los Servicios de Telecomunicaciones, para los servicios que se indica:

1470 Servicio por operadora y directorio

1474 Servicio de atención comercial e información y venta 

Segundo.

Retevisión Móvil S.A., deberá comunicar a las entidades con título habilitante para prestar los servicios telefónicos disponible al público, fijo o móvil, la fecha a partir de la cual éstas deben disponer sus redes para permitir el encaminamiento de las llamadas hacia la numeración asignada. Esta comunicación se realizará en todo caso con una antelación mínima de dos meses a dicha fecha de apertura efectiva a la interconexión de la numeración asignada. 

El presente certificado se expide al amparo de lo previsto en el artículo 27.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y el Artículo 23.2 de la Orden de 9 de abril de 1997, por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, con anterioridad a la aprobación del Acta de la sesión correspondiente.

Asimismo, se pone de manifiesto que contra la resolución a la que se refiere el presente certificado podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación de acuerdo con lo establecido en el artículo 1.ocho de la Ley 12/1997, de 24 de abril, de Liberalización de las Telecomunicaciones y artículo 58 de la Ley de 27 de diciembre de 1956, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, y sin perjuicio de lo previsto en el número 2 del artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

 

Vº Bº EL PRESIDENTE

 

EL SECRETARIO

 

 

José Mª Vázquez Quintana

Luis Bermúdez Odriozola