D. JOSÉ GIMÉNEZ CERVANTES, Secretario del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, en uso de las competencias que le otorga el artículo 40 del Reglamento de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, aprobado por Real Decreto 1994/1996, de 6 de septiembre,

CERTIFICA:

Que en la Sesión del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones celebrada el día 1 de junio de 2001, se ha adoptado el siguiente

ACUERDO


Por el que se aprueba el

INFORME SOBRE EL PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LOS REQUISITOS Y EL PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN, POR LAS SOCIEDADES CONCESIONARIAS DE AUTOPISTAS NACIONALES DE PEAJE, DE LAS AUTORIZACIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURAS DEL TRANSPORTE Y LAS COMUNICACIONES.

EXP RO 2001/4754

La solicitud del presente informe se realiza de acuerdo con el art.24.b de la Ley del Gobierno, que permite realizar cuantas consultas se estimen convenientes para garantizar el acierto y legalidad del texto, y el artículo 1.Dos 2 j) de la Ley 12/1997, de 24 de abril, de Liberalización de las Telecomunicaciones (en adelante, Ley 12/1997) que incluye entre las funciones de esta Comisión la de "asesorar al Gobierno y al Ministro de Fomento, a solicitud de éstos o por propia iniciativa, en los asuntos concernientes al mercado y a la regulación de las telecomunicaciones y de los servicios a que se refiere el número 1 del apartado dos de este artículo, particularmente en aquellas materias que puedan afectar al desarrollo libre y competitivo del mercado. Igualmente, podrá asesorar a las Comunidades Autónomas y a las Corporaciones Locales, a petición de los órganos competentes de cada una de ellas".

Mediante escrito de fecha 16 de abril de 2001, la Subsecretaría del Ministerio de Fomento envía a esta Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones el borrador de Reglamento de desarrollo del artículo 8.2 de la Ley de Autopistas con el objeto de que se pongan de manifiesto las sugerencias que se consideren oportunas.

Con fecha 26 de abril, la Comisión emitió un primer informe manifestando su acuerdo con el Proyecto y sugiriendo tan sólo algunas matizaciones que pretendían aclarar el sentido del articulado, fundamentalmente de la Disposición Transitoria.

En el proyecto objeto del presente informe, remitido por el Ministerio de Economía con fecha 21 de mayo, se integran las sugerencias propuestas por la Comisión en el anterior informe, por lo que esta Institución informa favorablemente el Proyecto.

El presente certificado se expide al amparo de lo previsto en el artículo 27.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y el Artículo 23.2 de la Orden de 9 de abril de 1997, por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, con anterioridad a la aprobación del Acta de la sesión correspondiente.

 

Vº Bº

EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

 

José Mª Vázquez Quintana

José Giménez Cervantes