La CNMC publica el Informe sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se aprueban los estatutos del Colegio oficial de graduados, ingenieros técnicos y peritos de telecomunicación

14 Mar 2017 | Promoción de Competencia Nota de prensa

 

  • La profesión de Ingeniero Técnico de Telecomunicaciones solo tiene la consideración de profesión regulada con reserva de actividad en cuatro de los 28 Estados de la UE.
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  • La reforma de la normativa de servicios y Colegios Profesionales continúa pendiente desde 2009, aunque forma parte desde entonces del Plan Nacional de Reformas de España.
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  • Considera necesario no  incorporar  restricciones adicionales injustificadas como también indican la  UE, el FMI y la OCDE.

 

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha publicado su informe sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se aprueban los estatutos del Colegio oficial de graduados, ingenieros técnicos y peritos de telecomunicación (IPN/CNMC/022/16).

 

La CNMC reclama la puesta en marcha urgente de una reforma normativa de los colegios y servicios profesionales que favorezca la libertad de empresa. Tal reforma, que se encuentra pendiente desde el año 2009, la han recomendado  también instituciones internacionales como la UE, la OCDE o el FMI y forma parte del Plan Nacional de Reformas de España.

 

Las restricciones injustificadas al acceso y ejercicio de profesiones reducen la oferta de servicios de bienes intermedios y finales. Asimismo, limitan los incentivos de los profesionales a prestar servicios de mayor calidad e innovación. También incrementan los precios para un mismo nivel de calidad y facilitan la aparición de acuerdos o prácticas concertadas restrictivas de la competencia y perjudiciales para el interés general.

 

Con carácter general, la CNMC recomienda que la citada reforma aborde los siguientes puntos:

 

  • Establecer un régimen general de libre acceso a las actividades de servicios y garantizar su libre ejercicio en todo el territorio español. Para ello, el modelo regulatorio debe eliminar sistemáticamente las barreras innecesarias, desproporcionadas o discriminatorias a la actividad económica.
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  • El acceso a una profesión y su ejercicio solo puede limitarse con carácter excepcional y por Ley, debiendo explicarse la adecuación a los principios de necesidad, proporcionalidad y no discriminación.

 

En relación con la profesión de Ingeniero Técnico de Telecomunicaciones y del proyecto de Estatutos, se recomienda revisar una serie de aspectos susceptibles de mejora por su falta de adecuación a los principios de regulación económica eficiente. En concreto:

 

  • Actualizar los fundamentos para considerar la profesión de ingeniero técnico de telecomunicaciones como profesión regulada. Suprimir las referencias a titulaciones concretas y abrir el mercado a todo profesional con las competencias exigidas, independientemente de la titulación en cuestión.
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  • Revisar conforme a los principios de regulación económica eficiente las reservas de actividad de otras profesiones que pudieran estar vigentes y perjudiquen injustificadamente a la posibilidad de competir de graduados, ingenieros técnicos y peritos de telecomunicación.
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  • Corregir otras restricciones detectadas en los Estatutos, tales como la  prestación de servicios por el Colegio en competencia con los colegiados; el cobro de honorarios y el formulario de nota de encargo. Clarificar la remisión a la normativa sobre visados. Revisar el acceso a la actividad pericial ante los tribunales; y una aplicación cautelosa de las medidas dirigidas a evitar el denominado “intrusismo”.
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La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados y que garantiza y promueve una competencia efectiva. Este informe se emite a solicitud del extinto Ministerio de Industria, Energía y Turismo (actual Ministerio de Energía, Turismo y Agenda digital), en ejercicio de las competencias de la CNMC, en aplicación del artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de  los Mercados  y la Competencia.

 

Documento no oficial, destinado a los medios de comunicación y que no vincula a la CNMC

El texto íntegro del informe se publica en el sitio CNMC y se puede consultar mediante el vínculo que figura en la nota de prensa

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