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Consulta pública específica para la revisión de metodología retributiva de transporte de gas natural y plantas de gas natural licuado para el periodo 2027-2032
El plazo para remitir alegaciones es hasta el 22 de julio de 2025
El 10 de diciembre 2024, la CNMC acordó remitir al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la relación de circulares cuya tramitación tenía previsto iniciar en 2025 y que podrían incidir en aspectos de política energética de acuerdo con lo previsto en el artículo 1 del Real Decreto-ley 1/2019. Entre ellas se incluía la circular que modifica la metodología retributiva de las instalaciones de transporte de gas natural y de las plantas de gas natural licuado.
Asimismo, a finales de dicho mes se publicó en la página web de la CNMC el calendario aprobado de circulares de carácter normativo que inciden en aspectos de política energética cuya tramitación se inicia en 2025 junto con la descripción y los objetivos que se pretenden alcanzar en cada una de ellas, teniendo los agentes la posibilidad de aportar consideraciones previas desde dicha publicación.
Se considera oportuno realizar una consulta pública específica formulando expresamente un conjunto de cuestiones a los agentes que la CNMC considera de interés para elaborar la propuesta de modificación de la Circular 9/2019, de 12 de diciembre, de la CNMC, por la que se establece la metodología para determinar la retribución de las instalaciones de transporte de gas natural y de las plantas de gas natural licuado. que se someterá posteriormente a trámite de audiencia.
Esta consulta específica se justifica particularmente en los retos que se identifican en el apartado 3 de la misma y que son diferenciales respecto a los del periodo regulatorio anterior. Así, la metodología ha de adaptarse a los cambios derivados del proceso de descarbonización, asegurando el equilibrio entre el desarrollo de infraestructuras, el uso eficiente de las redes existentes y la incorporación de las nuevas funcionalidades, que se espera de las mismas, asociadas a la digitalización y a las nuevas figuras que emergen en el mercado de los gases combustibles por canalización.
Las alegaciones tendrán carácter público salvo que expresamente se indique lo contrario. Deberán enviarse a través de la sede electrónica de la CNMC, indicando como órgano de destino la Secretaría del Consejo y el número de expediente CIR/DE/001/25.