La CNMC publica el Informe de análisis económico-financiero de las principales empresas de transporte del sector gasista (2013-2016)

27 Sep 2018 | Nota de prensa
  • La CNMC considera que se debe revisar la retribución de esta actividad para el próximo periodo regulatorio, que comenzará en 2021.
  • En la actualidad la retribución financiera del transporte de gas es superior al 11% (retribución financiera explícita e implícita).
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  • En el caso de Enagás Transporte su resultado neto aumentó durante el periodo analizado.
  • El activo total de estas empresas se incrementó un 4,3%.

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha publicado el informe de análisis económico-financiero de las principales empresas de transporte del sector gasista. (INF/DE/118/18).

Este informe se realiza en cumplimiento de lo establecido en la Orden ITC/1548/2009, según el cual la CNMC debe analizar periódicamente la información contable que recibe de las empresas, y de forma accesoria, en el ámbito de la función de supervisión de la separación de las actividades, funcional y de cuentas, atribuida a la CNMC por el artículo 7.3 de la Ley 3/2013.

El informe analiza las cinco principales empresas de transporte de gas (Enagás Transporte, S.A.U., Enagás Transporte del Norte, S.L., Gas Extremadura Transportista, S.L., Gas Natural Transporte SDG, S.L., Redexis Infraestructuras, S.L.U) que representan casi el 92% de la retribución reconocida a la actividad (826 millones de euros). Cabe señalar que la retribución de esta actividad representa, aproximadamente, un 28% de los costes regulados del sector gasista.

El informe contiene un análisis del periodo 2013-2016, que es especialmente relevante porque permite valorar el impacto en las cuentas anuales de las empresas de transporte de los cambios introducidos en el marco retributivo de la actividad por el Real Decreto-ley 8/2014 y la Ley 18/2014.

Durante el periodo objeto de análisis el activo total de estas empresas se incrementó ligeramente con un aumento anual promedio del 2,0% y un crecimiento global del 4,3%.

El importe neto de la cifra de negocios se redujo durante el periodo considerado, produciéndose de igual forma un descenso del 16,1% en los gastos de explotación durante el periodo 2013-2016.

Resultado neto durante el ejercicio

El resultado neto del ejercicio se mantuvo prácticamente constante para el conjunto de empresas. Para ENAGAS TRANSPORTE el resultado neto aumenta.

En general, se observó una evolución favorable de las ratios de endeudamiento durante el periodo objeto de análisis (es el caso del ratio de apalancamiento o el ratio de cobertura de la carga financiera).

A pesar de la revisión a la baja de la retribución regulada del transporte que tuvo lugar en 2014, los ratios para el conjunto de la actividad y en particular para Enagas Transporte son holgados para una actividad que, de acuerdo con el artículo 60.1 de la Ley 18/2014, está considerada como de bajo riesgo y, adicionalmente, son superiores a los de otras actividad reguladas comparables.

Cabe recordar que el marco retributivo actual de la actividad conlleva una retribución financiera sobre el valor neto de los activos de transporte superior al 11% (retribución financiera explícita e implícita).

Por todo ello, la CNMC recomienda:

  • El establecimiento normativo de límites de apalancamiento adecuados para las actividades reguladas.
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  • Revisar el marco retributivo de la actividad de transporte de gas, y en particular la tasa de retribución financiera que aplica a esta actividad para adecuarla a los principios establecidos en la Ley 18/2014 y todo ello, con el objeto de alcanzar el adecuado equilibrio económico-financiero del sistema gasista, y en beneficio de los consumidores.
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Nota de prensa

 

(INF/DE/118/18)

Documento no oficial, destinado a los medios de comunicación, y que no vincula a la CNMC. El texto íntegro del informe se publica en la página web de la CNMC, una vez eliminados los elementos de confidencialidad, y se puede consultar mediante el vínculo que figura en la nota de prensa. Reproducción permitida solo si se cita la fuente.