La CNMC archivó la operación Barceló-Globalia y autorizó otras cuatro operaciones de concentración en el mes de abril

06 maig 2020 | Competencia Competencia, Nota de prensa
  •  Afectaron a sectores como el turismo, centros geriátricos, productos químicos, plásticos o maquinaria industrial.
  • La normativa permite acordar la continuación de los procedimientos para evitar perjuicios graves en los derechos e intereses de los interesados o cuando sea indispensable para la protección del interés general o para el funcionamiento de los servicios. A la vista del interés manifestado por las notificantes en la urgente resolución de las operaciones y de que la resolución del procedimiento no perjudica intereses de terceros, la CNMC ha acordado continuar la tramitación del procedimiento en estas cuatro operaciones.

La CNMC archivó en abril la operación Barceló-Globalia, y aprobó otras cuatro operaciones de concentración en primera fase.

 

BARCELO y GLOBALIA modifican su acuerdo y solicitan a la CNMC el archivo de la operación inicialmente notificada

El 7 de abril de 2020, la CNMC archivó la operación consistente en la creación de una empresa en participación por parte de BARCELÓ y GLOBALIA, tras ser solicitado por las propias empresas.

BARCELO y GLOBALIA acordaron modificar la estructura de control sobre la Entidad Resultante, dando lugar a una situación de control exclusivo por parte de BARCELÓ y a una nueva notificación ante la CNMC, que actualmente se encuentra en fase de análisis.

 

KORIAN RESIDENCIAS se hace con el control del centro geriátrico “Viña del Rey” en Jaén

El 7 de abril de 2020, la CNMC autorizó, en primera fase, la operación por la que KORIAN RESIDENCIAS adquirió TORRECHANTRE, S.L. la sociedad dedicada a la gestión del centro geriátrico “Viña del Rey” en Jaén.

La actividad del grupo francés KORIAN en España se centra en la titularidad y gestión de quince residencias geriátricas ubicadas en la Comunidad Valenciana, Andalucía e Islas Baleares.

La CNMC no considera que esta concentración pueda suponer una amenaza para la competencia en los mercados afectados, dado que cada sociedad actúa en mercados geográficos diferentes y la adquirente no desarrolla su actividad en la provincia de Jaén.

 

El fondo americano NMC adquiere a la química inglesa SYNTOR

El 7 de abril de 2020, la CNMC autorizó, en primera fase, la operación por la que el fondo americano NEW MOUNTAIN CAPITAL (NMC) adquirió el control exclusivo de la sociedad británica SYNTOR FINE, una compañía dedicada a la fabricación de productos químicos para diversas industrias entre las que se encuentra la farmacéutica, la agroquímica o la electrónica.

NMC está presente en España a través de dos sociedades, si bien ninguna de las dos fabrica ningún producto que compita con los productos de SYNTOR o que se encuentren verticalmente relacionados con éstos. Tampoco existe complementariedad entre los productos fabricados por ellas, ni disponen de clientes comunes en España.

Por todo lo anterior, la CNMC no considera que esta concentración pueda suponer una amenaza para la competencia en los mercados afectados.

 

SYNTHOMER vende su negocio de Látex VP a TRINSEO, como parte de sus compromisos con la Comisión Europea tras la aprobación de la compra de OMNOVA

El 7 de abril de 2020, la CNMC autorizó, en primera fase, la operación por la que TRINSEO EUROPE se hace con el negocio de Látex VP Pyratex de SYNTHOMER. TRINSEO se dedica a la producción de materiales y plásticos como mezclas de látex y caucho sintético.

La operación está enmarcada dentro del proceso de desinversión asumido por SYNTHOMER en el marco de los compromisos adquiridos con la Comisión Europea como condición para la aprobación de su adquisición de Omnova Solutions Inc . El 11 de marzo de 2020, la Comisión Europea aprobó a TRINSEO como comprador adecuado.

La CNMC no considera que esta concentración pueda suponer una amenaza para la competencia en el mercado afectado, dado que no se producen solapamientos verticales ni horizontales de sus actividades. Además, el negocio adquirido es de reducida dimensión y no existe una amplia base de clientes comunes con TRINSEO.

 

El grupo DE AGOSTINI adquiere a la italiana PIERALISI

El 30 de abril de 2020, la CNMC autorizó, en primera fase, la operación por la que un fondo de inversión del grupo DE AGOSTINI adquiere a la italiana PIERALISI.

El grupo DE AGOSTINI tiene su principal actividad en España en los sectores editorial y comunicaciones, mientras que PIERALISI es una empresa industrial italiana que tiene como actividad principal la fabricación y comercialización de maquinaria y equipamiento para la extracción de aceite de oliva y de maquinaria para la separación de materiales destinada a diferentes industrias. PIERALISI desarrolla su actividad productiva fundamentalmente en Italia y vende su producto a nivel internacional, entre otros países, a España.

La CNMC considera que no es previsible que la operación de concentración vaya a afectar de forma significativa a la estructura y dinámica competitiva de los mercados relevantes considerados, en la medida que en ninguno de los mercados afectados se producen solapamientos horizontales y los posibles solapamientos verticales serían poco significativos. Además, en el mercado español existen otros competidores significativos.

 

Normas y procedimiento de control de las concentraciones

La CNMC evalúa las concentraciones y adquisiciones en las que participen empresas con un volumen de negocios o cuota de mercado que supere determinados umbrales (artículo 8 de la Ley de Defensa de la Competencia) para impedir concentraciones que obstaculicen de forma significativa la competencia.

De acuerdo con la Ley de Defensa de la Competencia, dichos umbrales se establecen en función de:

  • Si la empresa resultante adquiere o incrementa una determinada cuota de mercado (art. 8.1 a ley 15/2007), que en el supuesto general es del 30% del mercado relevante (de producto y geográfico);
  • Si supera un determinado volumen de negocios (art. 8.1 b), de forma que la suma de la facturación de ambas en el último ejercicio supere los 240 millones, siempre que al menos dos de los partícipes realicen individualmente un volumen de negocios superior a 60 millones de euros en España.

La Ley DC contempla también una serie de exenciones en algunos supuestos para el control de las concentraciones. Más información sobre el procedimiento de análisis de concentraciones. Desde el momento en que se notifica la operación, la CNMC dispone, en general, de 1 mes para decidir si la aprueba (fase I) o inicia una investigación pormenorizada (fase II).

 

Más información sobre el procedimiento de análisis de concentraciones.

Acceso al listado de concentraciones de la CNMC.

 

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