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Consulta pública modificación Circular 6/2020 peajes gas (CIR/DE/004/25)
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Ámbito: Energía
Desde 22 de May del 2025 hasta 22 de Jul del 2025

Consulta pública específica para la revisión de metodología de cálculo de peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural de la Circular 6/2020 para el periodo 2027-2032

El plazo para remitir alegaciones es hasta el 22 de julio de 2025

El 10 de diciembre 2024, la CNMC acordó remitir al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la relación de circulares cuya tramitación tenía previsto iniciar en 2025 y que podrían incidir en aspectos de política energética de acuerdo con lo previsto en el artículo 1 del Real Decreto-ley 1/2019. Entre ellas se incluía la circular que modifica la metodología de cálculo de peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural de la Circular 6/2020 para el periodo 2027-2032

A efectos de avanzar en la elaboración de la propuesta de Circular para el siguiente periodo regulatorio se ha considerado oportuno realizar una consulta pública específica formulando expresamente un conjunto de cuestiones a los agentes que la CNMC considera de interés para elaborar la propuesta de modificación de la Circular 6/2020 que se someterá a trámite de audiencia.

Una vez que se reciban las Orientaciones de política energética por parte del Ministerio para la Transición Energética y el Reto Demográfico se realizará el correspondiente trámite de audiencia sobre la propuesta de Circular que se elabore, conforme a lo establecido en el Reglamento (UE) 2017/460 de la Comisión, de 16 de marzo de 2017, por el que se establece un código de red sobre la armonización de las estructuras tarifarias de transporte de gas.

Por último, se indica que conforme a lo establecido en el artículo 26.4 del Reglamento (UE) 2017/460, las respuestas que remitan los agentes podrán ser objeto de publicación. Por tanto, los agentes que declaren confidenciales sus alegaciones deberán remitir una versión no confidencial de las mismas.

Las alegaciones tendrán carácter público salvo que expresamente se indique lo contrario. Deberán enviarse a través de la sede electrónica de la CNMC, indicando como órgano de destino la Secretaría del Consejo y el número de expediente CIR/DE/004/25.

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