La CNMC multa con 128,8 millones de euros a ocho fabricantes de pañales para adultos, a su asociación y a dos directivos por formar un cártel

31 May 2016 | Competencia Competencia, Nota de prensa

Fijaron los precios de los absorbentes financiados por la Seguridad Social (Servicio Nacional de Salud) que se compran en las farmacias para los pacientes no hospitalizados.
Por primera vez, la CNMC sanciona a cuatro directivos de empresas y de la federación empresarial (FENIN) participantes en la conducta.
Procter and Gamble, uno de los fabricantes, desveló el cártel a la CNMC mediante el Programa de Clemencia y se le exime del pago de la multa.

 Madrid, 31 de mayo de 2016.- La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha sancionado con un total de 128,8 millones de euros a siete empresas fabricantes de absorbentes de incontinencia urinaria para adultos y a la Federación Española de Fabricantes (FENIN) por una infracción única y continuada del artículo 1 de la Ley 16/1989 y del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC). Desde al menos 1996 fijaron los precios de los absorbentes financiados por la Seguridad Social (Servicio Nacional de Salud) que se compran en las farmacias para los pacientes no hospitalizados. (Expediente S/DC/0504/14 AIO) .

En concreto, la CNMC considera que Arbora & Ausonia, S.L.U. (sucedida por Procter & Gamble España, S.A.), Laboratorios Indas, S.A.U, SCA Hygiene Products, Laboratorios Hartmann, S.A., Ontex ID, S.A.U.; Barna Import Médica; Textil Planas Oliveras, S.A. y Algodones del Bages, S.A.U, y con la colaboración de la Federación Española de Empresas de Tecnología Sanitaria (FENIN), llegaron a acuerdos y fijaron los precios de venta a los distribuidores mayoristas de este producto comercializado a través de las farmacias, desde, al menos, diciembre de 1996 hasta enero de 2014, con diferencias en la duración de la infracción en función de las empresas partícipes.

 Los pañales para adultos (no hospitalizados) con incontinencia grave pueden obtenerse directamente en las farmacias, con la correspondiente receta, o a través de las redes de asistencia sanitaria o socio-sanitaria (centros de atención primaria, residencias de ancianos, etc.). En ambos casos son financiados por la Seguridad Social, si bien para los pacientes hospitalizados la Administración competente adquiere el producto a través de licitaciones públicas competitivas, lo que rebaja considerablemente sus precios.

 El cártel que sanciona la CNMC afecta a la distribución de pañales para incontinencia urinaria grave que financia el Servicio Nacional de Salud a través del canal farmacia. Se dispensan con receta y su pago solo es asumido en parte por el usuario final, dado que el resto se lo reembolsa la Administración.

 Así, los fabricantes de pañales partícipes en la conducta habrían alcanzado acuerdos, a través del Grupo de Trabajo de Absorbentes (GTAIO) creado por la Federación Española de Empresas de Tecnología Sanitaria (FENIN), para fijar los precios de venta a los distribuidores mayoristas de este producto comercializado a través de las farmacias.

 Las empresas sancionadas fijaron los precios y llevaron a cabo acuerdos mediante la negociación y concertación con el resto de agentes de la cadena de distribución (Colegios Oficiales de Farmacéuticos y asociaciones de mayoristas distribuidores de productos farmacéuticos y sanitarios) desde al menos diciembre de 1996 hasta junio de 2010.

 Por otra parte, las empresas participantes habrían utilizado una estrategia de interposición de recursos administrativos y/o contencioso-administrativos frente a las licitaciones públicas convocadas por las Autoridades Sanitarias de distintas Comunidades Autónomas para adquirir y entregar directamente el producto a pacientes no hospitalizados (residencias de ancianos, centros de atención primaria). Con ello, perseguían mantener los ingresos competitivos que les genera su comercialización a través del canal farmacia.

 El alcance de la conducta que se sanciona en este expediente es especialmente significativo, ya que la cuota de mercado conjunta de las entidades infractoras en el mercado relevante es del 95%. La incontinencia urinaria grave es por su gravedad, frecuencia y repercusión un problema que afecta a cerca de 2,5 millones de personas y tiene importantes consecuencias para la salud y la calidad de vida de personas de edad avanzada y con discapacidad.

 Con fecha 26 de junio de 2013 Arbora & Ausonia, S.L.U (A&A) y The Procter & Gamble Company (P&G) presentaron una solicitud ante la extinta Comisión Nacional de la Competencia (CNC) para acogerse al Programa de Clemencia.

 Tras la instrucción del Expediente, la CNMC ha considerado acreditada una infracción del 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y del artículo 101 del TFUE y ha impuesto las siguientes multas:

  1. Arbora & Ausonia, S.L.U, y su sucesora Procter & Gamble España, S.A., una multa de 68,5 millones de euros, de este importe responderá solidariamente The Procter & Gamble Company, hasta un importe de 3,4 millones de euros.
  2.  SCA Hygiene Products, S.L., una multa de 35,1 millones de euros, de este importe responde solidariamente SCA Group Holding, B.V., hasta un importe de 172.278 euros.
  3.  Laboratorios Indas, S.A.U, una multa de 13,2 millones de euros, de este importe responderá solidariamente Domtar Lux Holdings, SARL, hasta un importe de 64.967 euros.
  4.  Ontex Peninsular, S.A.U, y Ontex ID, S.A.U. una multa de 5,1 millones de euros. de este importe responderá solidariamente Ontex ES Holdco, S.A.
  5.  Laboratorios Hartmann, S.A., una multa de 4 millones de euros. de este importe responderá solidariamente Paul Hartmann España, S.L.U.
  6.  Barna Import Medica, S.A., una multa de 1,4 millones de euros.
  7.  Textil Planas Oliveras, S.A., una multa de 801.738 euros.
  8.  Algodones del Bages, S.A.U, una multa de 251.456 euros. de este importe responderá solidariamente laboratorios Indas, S.A.U. hasta un importe de 14.987 euros y Domtar Lux Holdings, Sarl, hasta un importe de 1.665 euros.
  9.  Federación Española de Empresas de Tecnología Sanitaria (FENIN), una multa de 200.000 euros.
  10.  Por primera vez desde la creación de la CNMC, la Comisión ha sancionado a varios directivos, de las empresas fabricantes y de la asociación sectorial:
  11.  Un directivo de A&A, D. Jordi Bozal de Febrer, con una multa de 15.000 euros
  12.  Un directivo de INDAS, D. Javier Martín Ocaña, con una multa de 4.000 euros

 El artículo 63.2 de la Ley de Defensa de la Competencia establece la posibilidad de sancionar a los representantes legales o las personas que integran los órganos directivos que hayan intervenido en el acuerdo o decisión.

 En el caso de Arbora & Ausonia, S.L.U., Procter & Gamble España, S.A, (68,5 millones de euros) y su matriz The Procter & Gamble Company (3,4 millones de euros), y del directivo de Arbora & Ausonia, S.L.U.(15.000 euros), reúnen los requisitos previstos en el artículo 65 de la LDC para eximirles del pago de la multa que le corresponde por su participación en la conducta infractora.

 La CNMC considera prioritaria la lucha contra los carteles y recuerda que para su detección cuenta con el Programa de Clemencia, mediante el que la empresa y/o el directivo que haya participado en un cártel puede aportar información sobre el mismo, escrita o verbalmente, en la sede de la CNMC a cambio de la exención total (o a una reducción) de la multa que le correspondería.

 Asimismo, la CNMC cuenta con un Buzón de Colaboración donde cualquier empresa o ciudadano puede facilitar información sobre este tipo de infracciones muy graves.

 La CNMC recuerda que contra esta Resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Expediente S/0455/12