- En diciembre de 2024, la matriz del grupo (PME) adquirió el control exclusivo del Hospital General de la Santísima Trinidad a través de su filial Hospital de Salamanca.
- PME y Hospital de Salamanca deberían haber notificado la operación a la CNMC antes de ejecutarla, según la Ley de Defensa de la Competencia.
- La Comisión finaliza el sancionador abierto contra la matriz y la filial porque asumen su responsabilidad y pagan por anticipado la multa.
Esta práctica, conocida en el argot de competencia como gun jumping, incumple el artículo 9.1 de la Ley de Defensa de la Competencia, que obliga a las empresas a notificar sus operaciones antes de ejecutarlas.
En febrero de 2025, HM Salamanca pre-notificó ad cautelam la concentración, después de un requerimiento de información de la CNMC. En mayo, la CNMC inició un expediente sancionador por este incumplimiento (nota de prensa). El 4 de junio, HM Salamanca notificó la operación y el día 25 de ese mismo mes, la Comisión la autorizó en primera fase sin compromisos (C/1566/25).
Reconocimiento y reducción de la multa
Durante la instrucción del sancionador, HM Salamanca y PME han reconocido su responsabilidad y se han acogido al artículo 85.3 de la Ley 39/2015, que permite reducir hasta el 40 % el importe de la sanción –HM Salamanca ha pagado 14.220 euros y PME, 49.800 euros finalmente– si la empresa asume el incumplimiento y paga por anticipado.
Por todo ello, la CNMC da por finalizado el expediente sancionador.