La CNMC analiza el Proyecto de normativa para el alquiler de vehículos con conductor (VTC) en la Región de Murcia

15 Eka 2020 | Promoción de Competencia Nota de prensa, Promoción de Competencia
  • El proyecto plantea prohibir la geolocalización de los vehículos VTC por los usuarios y obliga a precontratar el servicio con 30 minutos de adelanto.
  • La CNMC advierte del impacto negativo que estas limitaciones tienen sobre los ciudadanos y sobre la actividad económica del sector.

La CNMC ha publicado el informe sobre el Proyecto de Orden Reguladora de los servicios de arrendamiento de vehículos con conductor en la Región de Murcia (VTC). El proyecto fue remitido antes de la crisis del Covid-19 y no plantea medidas específicas referidas a este contexto. (IPN/CNMC/003/20).


La CNMC ha puesto de manifiesto en numerosas ocasiones que la regulación de la actividad de taxis y VTC contiene restricciones que perjudican innecesariamente a los usuarios, que soportan mayores precios, y ven reducida la calidad y la innovación en este tipo de servicios. Además, ven reducida la oferta y tienen que soportar mayores tiempos de espera. 


Por todo ello, la CNMC ha recomendado una revisión en profundidad de la normativa que afecta a taxis y VTC, con el fin de que se mantengan únicamente las restricciones que sean necesarias y proporcionadas, conforme a los principios de buena regulación.

Proyecto de la Región de Murcia


El borrador remitido por la Región de Murcia contiene varias restricciones sobre la competencia que perjudicarían a los usuarios finales. Entre otras, la prohibición de geolocalizar los vehículos por los usuarios, la obligación de contratar el servicio con 30 minutos de antelación o la obligación de que el operador VTC notifique cada servicio a un registro electrónico antes de realizarlo. 


La CNMC considera que las restricciones identificadas no cumplen los principios de necesidad y proporcionalidad. Por todo ello, la CNMC realiza las siguientes observaciones:

  • Valorar la ampliación al ámbito urbano de las autorizaciones para transportes VTC y reconsiderar la obligación de que los vehículos VTC estén adscritos durante dos años a la autorización.
  • Eliminar la obligación de precontratar el servicio VTC con un mínimo de 30 minutos de antelación. 
  • Valorar la posibilidad de permitir la contratación por plazas, lo que podría favorecer el cumplimiento de los objetivos de reducción de contaminación. 
  • Replantear la obligación de comunicación previa de cada servicio. 
  • Replantear las limitaciones de geolocalización y estacionamiento en vías o parkings públicos y la obligación de disponer una base en la Región de Murcia. 
  • Replantear el descanso semanal obligatorio. 
  • Fomentar la circulación a partir de vehículos sostenibles sin discriminar entre prestadores del servicio de transporte. 

La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados y que garantiza y promueve una competencia efectiva. Este informe se emite en ejercicio de las competencias de la CNMC en aplicación del artículo 5 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de Creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

(IPN/CNMC/003/20)

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