493/00: CEPSA

Expediente del TDC

Historial del expediente 493/00

Sentencia - Desestimación/Inadmisión

Audiencia Nacional - Desestimación/Inadmisión - 234/2007

2010.04.05.pdf

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Sentencia - Desestimación/Inadmisión

Tribunal Supremo - Desestimación/Inadmisión - 6136/2007

493-00.pdf

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Sentencia - Desestimación/Inadmisión

Tribunal Supremo - Desestimación/Inadmisión - 3789/2006

493-00.pdf

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Sentencia - Desestimación/Inadmisión

Audiencia Nacional - Desestimación/Inadmisión - 820 / 2001

Resolución del TDC

Una vez firme la Sentencia del Tribunal Supremo del recurso de casación presentado por CEPSA contra el Auto dictado por la Audiencia Nacional en el que denegaba la solicitud del recurso y solicitud de suspensión cautelar interpuesto por CEPSA, contra la resolución del TDC, por supuestas prácticas prohibidas por el artículo 1 de la Ley 16/1989, denunciadas por la Asociación de Propietarios de Estaciones de Servicio y Suministro de Andalucía contra CEPSA por incumplimiento de las normas que prohíben la fijación de precios y limitan la duración máxima de los contratos de suministro, procede ejecutarla de acuerdo con el artículo 104 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, por lo que el Tribunal tras recibir informe de vigilancia de las actuaciones de CEPSA para dar cumplimiento a la Resolución del TDC declaró que la Resolución 493/00 ha sido ejecutada en sus propios términos. Para ello CEPSA ha seguido una estrategia similar a la del REPSOL en el sentido de que: a) comunica mediante escrito de 2 de noviembre de 2001 a los distribuidores su compromiso de asumir los riesgos derivados de la comercialización del producto con un determinado alcance y redacta los nuevos contratos en consonancia con ello, y b) deja de fijar el precio al que se vende al público el combustible en la estación de servicio para comunicar a los distribuidores un precio que opera como máximo y que pueden reducir a costa de su comisión y así se establece en los nuevos contratos.

RC-493-00.pdf

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Sentencia - Desestimación/Inadmisión

Audiencia Nacional - Desestimación/Inadmisión - 845/2001

Resolución del TDC

493-00_RC.pdf

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NÚMERO

493/00

Finalizado

ÁMBITO

  • Competencia

SECTORES

  • G.5050: venta al por menor de carburantes para automoción (obsoleto) (Reglamento CEE no 3037/90)