VS/0521/01: AGENTES PROPIEDAD INMOBILIARIA

Vigilancia de Conductas

Historial del expediente VS/0521/01 y relacionados 521/01

Sentencia - Estimación parcial

Tribunal Supremo - Estimación parcial - 3536/2005

Resolución del Consejo - Cumplimiento

Cumplimiento

Resolución.pdf

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Sentencia - Estimación parcial, Firme

Audiencia Nacional - Estimación parcial - 3536/2005 - Firme

Resolución del Consejo

Cumplimiento - Una vez firme la Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de abril de 2008, por la que se estima parcialmente el recurso de casación interpuesto por el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Vizcaya, y que anula la sanción impuesta, si bien mantiene las restantes medidas de intimación y publicación previstas en la Resolución del TDC de 30 de mayo de 2002 (Exp. 519/01, Asoc. ETI/Colegios APIS), que le condenaba por una conducta restrictiva de la competencia, prohibida por el art. 7 LDC 1989, procedía ejecutarla de acuerdo con el artículo 104 de la Ley Reguladora de Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Por tanto, el Consejo ordenó dar cumplimiento a la Sentencia, mediante la devolución de la multa impuesta al Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Vizcaya y pagada en su día, por importe de 75.000 € con sus correspondientes intereses. Asimismo, ante el cumplimiento parcial de la obligación de publicación de la mencionada Resolución, ordenó la publicación de su parte dispositiva en la sección inmobiliaria del diario de mayor circulación de la provincia de Vizcaya, imponiendo además una multa coercitiva de 500 € por cada día de retraso.

Sentencia - Estimación parcial

Tribunal Supremo - Estimación parcial - 5535 / 2005

Sentencia - Estimación parcial

Tribunal Supremo - Estimación parcial - 4387/2005

521-01_STS.pdf

35.81 KB

Sentencia - Desestimación/Inadmisión

Audiencia Nacional - Desestimación/Inadmisión - 549/2002

Sentencia - Desestimación/Inadmisión

Audiencia Nacional - Desestimación/Inadmisión - 553/2002

521-01_SAN.pdf

36.4 KB

Sentencia - Desestimación/Inadmisión

Audiencia Nacional - Desestimación/Inadmisión - 542/2002

521-01.pdf

42.31 KB

Sentencia - Desestimación/Inadmisión

Audiencia Nacional - Desestimación/Inadmisión - 0541/2002

Resolución del TDC

Este expediente tiene su origen en las denuncias presentadas por varias Asociaciones de profesionales de la mediación inmobiliaria contra diversos Colegios provinciales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (COAPIs), por conductas supuestamente prohibidas por el artículo 7 LDC, consistentes en haber realizado campañas de desprestigio contra sus competidores en prensa y páginas de Internet de los denunciados. El Tribunal estima que los hechos denunciados y acreditados constituyen conductas prohibidas por el artículo 7 LDC porque: 1) constituyen actos de engaño y denigratorios encuadrables en los artículos 7 y 9 LCD, pues atribuyen a los APIs una exclusividad de funciones que no es cierta (engaño) y una fiabilidad de sus servicios que no tendrían los demás profesionales que, por el grado de difusión en sus respectivas provincias, menoscaban la credibilidad de estos últimos (denigración); 2) las conductas desleales afectan a un sector, el inmobiliario, muy sensible a las variaciones de precios debido a la gran sustituibilidad entre los profesionales, por lo que producen una alteración significativa del funcionamiento competitivo del mercado relevante, aunque resulte de imposible medida tal incidencia, y 3) afectan al interés público al tratar de impedir por medios desleales, la prestación de servicios por otros profesionales, poniendo en peligro las condiciones de competencia en dicho mercado. En consecuencia, el Tribunal resuelve que los COAPIs de Baleares, Barcelona, A Coruña, Guipúzcoa, Navarra y Vizcaya han incurrido en la prohibición del artículo 7 LDC, imponiendo a cada uno una multa sancionadora de 75.000 euros.

RC-521.pdf

55.44 KB

NÚMERO

VS/0521/01

Finalizado

ÁMBITO

  • Competencia

SECTORES

  • L.6831: agentes de la propiedad inmobiliaria (REGLAMENTO CE No 1893/2006 NACE rev2)

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