VS/2779/07: CONSEJO REGULADOR DE DENOMINACION DE ORIGEN VINOS DE JEREZ Y MANZANILLA DE SANLÚCAR

Vigilancia de Conductas

Historial del expediente VS/2779/07 y relacionados 2779/07

Resolución del Consejo - Acumulación

Acumulación

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Resolución del Consejo - Existencia de práctica prohibida

Existencia de práctica prohibida - Multa - 81 - art. 1 Ley 15/07 - art. 1 Ley 16/89 - El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia dictó Resolución en la que impone al Consejo Regulador de las Denominaciones de Origen “Jerez-Xérès-Sherry” y “Manzanilla Sanlúcar de Barrameda” una multa de 400.000 euros por aprobar y aplicar diversos acuerdos basados en cupos sobre ventas históricas de cada bodega de esta denominación de origen que restringen la competencia entre bodegas y limitan su libertad comercial. La Resolución dictada por el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) resuelve el expediente sancionador incoado el 11 de enero de 2008, en virtud de la denuncia contra diversos acuerdos del Consejo Regulador, formulada por la bodega Criadores, Almacenistas y Distribuidores de Vinos de Jerez (CAYDSA) a la que posteriormente se acumuló la denuncia presentada por Complejo Bodeguero Bellavista, SL y Zoilo Ruiz Mateos, SL. El Consejo de la CNC considera acreditado que el Consejo Regulador de Vinos de Jerez adoptó mediante los citados acuerdos un mecanismo estabilizador del sector basado en cupos de ventas que, sin embargo, al no estar fundado en la calidad e identidad del producto, no contaba con el debido amparo legal. Los mencionados acuerdos han sido declarados anticompetitivos por estar basados en cupos sobre ventas históricas de cada bodega de esta denominación de origen, de modo que restringirían la competencia entre bodegas y limitarían su libertad comercial. Así, el Consejo Regulador es autor de una conducta restrictiva de la competencia prohibida por el artículo 1 de la Ley 16/1989 y Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia, así como del artículo 81 del Tratado CE, dado que una parte muy importante de la distribución de los vinos de esta denominación de origen se desarrolla en países de la Unión Europea, cuyo comercio quedaría afectado de forma ostensible por los acuerdos denunciados, según el Consejo de la CNC. En atención a la gravedad de la infracción, al tratarse de un acuerdo entre competidores que tenía como objeto restringir la competencia entre las bodegas de estos vinos de denominación de origen, el Consejo de la CNC ha decidido imponer una multa de 400.000 euros al Consejo Regulador de las Denominaciones de Origen “Jerez-Xérès-Sherry” y “Manzanilla Sanlúcar de Barrameda”. Con fecha 15 de julio de 2008, el Consejo de la CNC había ya dictado unas medidas cautelares contra los acuerdos de sistema de cupo de ventas del Consejo Regulador para la campaña 2007/2008. En cualquier caso, en su Resolución el Consejo de la CNC insta al Consejo Regulador de las Denominaciones de Origen “Jerez-Xérès-Sherry” y “Manzanilla Sanlúcar de Barrameda” a que, en lo sucesivo, se abstenga de alcanzar y aplicar este tipo de acuerdos. 

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Acuerdo - Incoación

Incoación - 81 - art. 1c Ley 15/07

NÚMERO

VS/2779/07

Finalizado

ÁMBITO

  • Competencia

SECTORES

  • C.1102: elaboración de vinos (REGLAMENTO CE No 1893/2006 NACE rev2)

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