UM/146/16: AUTOTAXI DAGANZO. II

Unidad de Mercado

Intervención CNMC

Decisión art. 27 LGUM

Principios aplicados

Necesidad y proporcionalidad

Historial del expediente UM/146/16

Sentencia - Estimación, No se sabe -en plazo para recurrir al TS-

Audiencia Nacional - Estimación - PO 06/11/2017 - No se sabe -en plazo para recurrir al TS

Interposición Recurso contencioso-administrativo

Con fecha 7 de junio de 2017 la Audiencia Nacional ha admitido a trámite el recurso interpuesto por la CNMC, con arreglo al artículo 27 de la Ley 20/2013, de Garantía de la Unidad de Mercado, contra la denegación por Resolución del Director General de Transportes de la Comunidad de Madrid de 27 de septiembre de 2016, de la autorización de transporte público de viajeros VT en vehículo turismo con capacidad para trasladar simultáneamente a más de cinco personas, incluido el conductor, confirmada por Resolución de 26 de octubre de 2016 de la Viceconsejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, que desestimó la reclamación por vía del artículo 26 LGUM frente a la resolución anterior. El recurso interpuesto se basa en que la mencionada actuación administrativa vulnera los principios de necesidad y proporcionalidad del artículo 5 de la antes citada Ley 20/2013 y prohibición de requisitos de naturaleza económica e intervención de competidores del artículo 18.2.g) LGUM. - Audiencia Nacional

NÚMERO

UM/146/16

ÁMBITO

  • Promoción de Competencia

  • Unidad de Mercado

SECTORES

  • H.4932: transporte por taxi (REGLAMENTO CE No 1893/2006 NACE rev2)

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