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La CNMC realiza nuevas inspecciones en el sector de instalaciones para operadores de base fija (FBOs) en aeropuertos

Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Competencia
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  • Investiga posibles acuerdos anticompetitivos en la gestión y explotación de las instalaciones FBOs y en las licitaciones convocadas por Aena para el arrendamiento de instalaciones destinadas a la actividad de bases fijas de operaciones (FBO) en aeropuertos.
  • Entre el 10 y el 13 de junio, se llevaron a cabo inspecciones en las sedes de varias empresas. En mayo de 2024 ya se inspeccionaron las sedes de varias compañías que operan en ese mercado.
  • Las inspecciones constituyen un paso preliminar a la posible incoación formal de un expediente sancionador.

La CNMC continúa investigando posibles acuerdos y/o prácticas concertadas en la gestión y explotación de las instalaciones FBOs  y de reparto de las licitaciones que convoca Aena para arrendar instalaciones destinadas a la actividad de bases fijas de operaciones (FBO) en aeropuertos.

Entre los días 10 y 13 de junio de 2025, la CNMC llevó a cabo nuevas inspecciones   en las sedes de varias empresas que operan en este sector. Anteriormente, en mayo de 2024 se llevó a cabo una primera ronda de inspecciones (nota de prensa).

Las inspecciones suponen un paso preliminar en el proceso de investigación de las supuestas conductas anticompetitivas y no prejuzgan el resultado de la investigación ni la culpabilidad de las empresas inspeccionadas. Si como resultado de la inspección se encontrasen indicios de prácticas prohibidas se procederá a la incoación formal de expediente sancionador. 

Infracciones muy graves

Los acuerdos entre competidores constituyen una infracción muy grave de la legislación de competencia, que puede conllevar multas de hasta el 10 % del volumen de negocios total de las empresas infractoras.

La investigación de los cárteles constituye una de las prioridades de actuación de la CNMC, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores y el correcto funcionamiento de los mercados.

Programa de clemencia y colaboración ciudadana

La CNMC cuenta con el Programa de clemencia que permite a las empresas que forman parte de un cártel beneficiarse de la exención del pago de la multa, siempre y cuando aporten elementos de prueba que posibiliten a la CNMC su detección, o de una reducción del importe de la multa que pudiera imponérsele, si aporta información con valor añadido significativo, en relación con una investigación ya iniciada por la CNMC.

Prohibición de contratar

Por otra parte, la prohibición de contratar, establecida en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, para los sancionados por infracción grave en materia de falseamiento de la competencia, se exceptuaría respecto de las empresas acogidas al programa de clemencia, en aplicación del artículo 72.5 de la citada Ley, que señala que no procede declarar la prohibición de contratar a las empresas solicitantes de clemencia.

La CNMC también dispone de una plataforma online de colaboración ciudadana para la detección de cárteles: el Sistema de Informantes de Competencia Anónimos (SICA). De forma anónima, se pueden poner en conocimiento prácticas anticompetitivas, tales como acuerdos entre empresas competidoras para la fijación de precios u otras condiciones comerciales, reparto de los mercados o de los clientes, o repartos fraudulentos de las licitaciones públicas o privadas. 

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Fecha de publicación: 16 de Junio del 2025

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