La CNMC autorizó dos operaciones de concentración en enero

06 Feb 2023 | Competencia Nota de prensa, Competencia
  • Las dos fusiones fueron aprobadas en primera fase sin compromisos al no haberse detectado problemas para la competencia.
  • Los sectores afectados por estas operaciones empresariales fueron el del transporte intermodal y el sector funerario y de seguros.
     

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) aprobó dos operaciones de concentración durante el mes de enero. Todas ellas se autorizaron en primera fase y sin compromisos al no presentar problemas para la competencia en los mercados afectados.

El transporte intermodal y el sector funerario y de seguros fueron los sectores afectados.

C/1360/22 CMA CGM / APB / PUERTO SECO AZUQUECA

CMA CGM Inland Services SAS y la Autoridad Portuaria de Barcelona (APB) adquieren el control conjunto de Puerto Seco Azuqueca de Henares S.A.

El 18 de enero de 2023 la CNMC autorizó, en primera fase, la operación de concentración consistente en la adquisición del control conjunto de Puerto Seco Azuqueca de Henares S.A. por parte de la APB y CMA CGM Inland Services SAS sociedad controlada en última instancia por CMA CGM S.A. 

CMA CGM es la sociedad matriz del Grupo CMA CGM, que presta servicios de transporte marítimo de línea de contenedores, así como servicios portuarios. 

La APB es un organismo público español encargado del funcionamiento del Puerto de Barcelona. La APB depende del organismo público Puertos del Estado, del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.

Puerto Seco Azuqueca es una empresa española que ofrece una solución de transporte intermodal que conecta la red ferroviaria de transporte de mercancías situada en Azuqueca de Henares (Guadalajara) con algunos puertos marítimos españoles (principalmente, Barcelona, Bilbao, Sevilla, Algeciras y Valencia) y otras terminales ferroviarias de interior.

La concentración no supone una amenaza para la competencia efectiva, dado que no existen solapamientos horizontales entre las partes y los solapamientos verticales entre las actividades de las partes en los mercados afectados son reducidos.

C/1359/22 GRUPO CO/MÉMORA

El Grupo Catalana Occidente adquiere el control exclusivo de Mémora Servicios Funerarios, S.L.

El 25 de enero de 2023, la CNMC autorizó la operación de concentración consistente en la adquisición del control exclusivo por parte de Grupo CO sobre Mémora y sus filiales.

El Grupo CO está activo en el sector de seguros, entre otros sectores, y concretamente, en el sector de seguros de decesos. Asimismo, está activa también en el sector de servicios funerarios a través de la participación en el capital social de distintas propiedades. 

La actividad en el mercado de servicios funerarios del Grupo CO se lleva a cabo de Asistea Servicios Integrales, que gestiona directa o indirectamente instalaciones de servicios funerarios en las provincias de Burgos, Cantabria, Guipúzcoa, Madrid y Vizcaya.

Mémora es un grupo de empresas que presta servicios funerarios en España y Portugal. En concreto, Mémora gestiona directa o indirectamente a través de sus filiales y sociedades participadas instalaciones funerarias en múltiples provincias españolas.

La operación afecta al sector funerario, en el que solapan horizontalmente sus actividades Mémora y Asistea (en concreto, en el mercado minorista de servicios funerarios integrales y en el mercado mayorista de tanatorio, crematorio y cementerio); así como al sector de seguros de deceso en el que está presente Seguros CO, verticalmente relacionado con la prestación de servicios funerarios.

En el mercado minorista de servicios funerarios integrales la operación resulta en solapamientos horizontales en las provincias de Burgos, Guipúzcoa y Madrid, además de producirse la sustitución de Mémora por Grupo CO en el resto de las provincias donde operaba Mémora.

En los mercados mayoristas de tanatorio, crematorio y cementerio, el Grupo CO aumenta su capilaridad sumando las instalaciones de Mémora en más de 15 provincias donde no tenía actividad previamente. Asimismo, si bien no se producen solapamientos a nivel municipal, en los ámbitos de influencia valorados en precedentes sí se producirían solapamientos en la zona de influencia de los tanatorios de Torrelodones, Coslada, y El Casar; y en la zona de influencia de los crematorios de Zarauz y Coslada. Estos solapamientos no resultan preocupantes, salvo en el caso de El Casar (Guadalajara) donde la cuota resultante es elevada. No obstante, en este caso, otras circunstancias como la existencia de un tanatorio competidor de titularidad municipal, la ausencia de efecto cartera, la competencia potencial de otro tanatorio en vía de apertura, así como la ausencia de solapamiento a nivel municipal, llevan a considerar que la operación no supone un obstáculo a la competencia efectiva. 

En cuanto a los efectos verticales, las reducidas cuotas actuales en el mercado de seguros de deceso limitan problemas potenciales para la competencia, tanto sobre los mercados de prestación de servicios funerarios, como sobre el propio mercado de seguro de deceso. Respecto al refuerzo vertical derivado del complemento de cartera, éste no se produce a nivel municipal, sino un aumento de la presencia de Grupo CO en todas las localizaciones donde la adquirida ya contaba con la cartera completa de servicios y pasará a estar integrada verticalmente, y será en todo caso limitado dada la posición de la resultante en el mercado de seguros de deceso.

La concentración no supone una amenaza para la competencia efectiva. 

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