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La CNMC recomienda ajustar el diseño de las ayudas al transporte de mercancías a Canarias para evitar sobrecompensaciones

Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Promoción de Competencia
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  • Las subvenciones buscan compensar los sobrecostes del transporte, derivados de las particularidades geográficas del archipiélago.
  • La CNMC insiste en que los gastos subvencionables deberían basarse en los costes de empresas eficientemente gestionadas.
  • Recomienda mejorar la metodología de cálculo y evaluar los efectos de estas ayudas a lo largo del tiempo.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha analizado los proyectos de órdenes ministeriales que determinan los costes tipo subvencionables en el transporte aéreo y marítimo de mercancías con origen o destino en las Islas Canarias en 2024 (IPN/CNMC/046/25 e IPN/CNMC/047/25).

El transporte aéreo y marítimo de mercancías entre la Península y las Islas Canarias, así como entre las propias islas, cuenta con un sistema de subvenciones para cubrir hasta el 100 % del coste del transporte de productos agrícolas e industriales.

Cada año, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible fija los costes tipo máximos subvencionables en función de diversos factores, como la ruta, el modo de transporte y las características de las mercancías. Este año, como novedad, se introduce la diferenciación entre “islas capitalinas” y “no capitalinas”, con el objetivo de atender las dificultades adicionales que afrontan estas últimas. La actualización de los costes se apoya en una metodología elaborada por INECO, recogida en un informe técnico anual.

Recomendaciones de la CNMC

La CNMC reconoce que las ayudas están justificadas por los sobrecostes asociados a la insularidad, pero recuerda la importancia de un diseño adecuado para garantizar su eficacia y eficiencia y evitar posibles distorsiones.

En este contexto, reitera recomendaciones ya formuladas en ejercicios anteriores, dado que la metodología aplicada no presenta cambios sustanciales. En particular, la CNMC señala la conveniencia de:

  • Fijar la metodología en un instrumento normativo, en lugar de utilizar la metodología aplicada por la empresa pública INECO.
  • Basar el cálculo en los costes de empresas eficientemente gestionadas, y no únicamente en los costes medios ponderados de los operadores, para evitar sobrecompensaciones a empresas ineficientes.
  • Realizar un análisis cualitativo crítico de los costes declarados y de los resultados de la metodología para justificar su razonabilidad, especialmente ante grandes variaciones.
  • Impulsar la evaluación ex post de la eficacia, eficiencia y posibles distorsiones generadas por las ayudas.
  • Revisar las reglas que limitan la variación anual de los costes tipo para evitar infrafinanciación en contextos de costes crecientes.
  • Reforzar los mecanismos de verificación de la veracidad de los costes declarados por los operadores.

La CNMC puede actuar de manera consultiva, pudiendo ser consultada por las Cámaras Legislativas, el Gobierno, los departamentos ministeriales, las Comunidades Autónomas, las Corporaciones locales, los Colegios Profesionales, las Cámaras de Comercio y las Organizaciones Empresariales y de Consumidores y Usuarios (de acuerdo con el artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) o de oficio (de acuerdo con el artículo 5.1.h). 

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Fecha de publicación: 2 de Enero del 2026

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