La CNMC publica el Informe sobre el Proyecto de Estatutos del Consejo General de Economistas

07 Jun 2016 | Promoción de Competencia Nota de prensa
  • Realiza una serie de recomendaciones desde el punto de vista de la promoción de la competencia y la regulación económica eficiente.
  • La CNMC insiste en la necesidad de reformar la normativa de servicios y Colegios Profesionales en España, aún pendiente. Mientras no se produzca, es imprescindible al menos no incorporar restricciones adicionales injustificadas.
  • La reserva de denominación de la profesión de economista a colegiados es restrictiva y discrimina a los miembros de otras asociaciones de economistas que no tienen dicha naturaleza.


La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha publicado el Informe sobre el Proyecto de Estatutos Generales del Consejo General de Economistas de España. 

En el Proyecto analizado, la CNMC ha detectado que hay remisiones al Estatuto profesional de economistas y titulares mercantiles del año 1977.Contiene fuertes restricciones al acceso y ejercicio de actividades profesionales. Así, por ejemplo, para ejercer como perito judicial o administrador concursal se requiere ser un profesional colegiado. También, establece que solo algunos titulados pueden acceder a la profesión de economista, profesor o perito mercantil.

Ambas medidas reducen la oferta de servicios de bienes intermedios y finales, limitan los incentivos de los profesionales a prestar servicios de mayor calidad e innovación, incrementan los precios para un mismo nivel de calidad y facilitan la aparición de acuerdos o prácticas concertadas restrictivas de la competencia y perjudiciales para el interés general.

La CNMC recuerda también que el reconocimiento normativo de los Colegios Profesionales como corporaciones públicas no implica su obligatoriedad. La propia existencia sistemática de cada Colegio profesional como corporación de derecho público y no como asociación profesional de carácter privado, presenta carencias de fundamentación, en especial, pero no sólo, en profesiones como la de economista.

Del mismo modo que se recomienda un replanteamiento de las cuestiones anteriores, se realizan otras recomendaciones sobre aspectos más concretos:

  • Replantear la exigencia de colegiación en el Colegio donde se encuentre el domicilio único o principal del profesional, ya que  supone una restricción económica contraria a la Ley de Garantía de Unidad de Mercado. Además, limita la libre elección del profesional e impide que los colegios compitan entre ellos en los precios de inscripción y/o servicios prestados.
  • Revisar las previsiones que recogen las titulaciones exigidas para la colegiación, de forma que se eliminen las referencias a titulaciones concretas y que el contenido de este precepto remita a una regulación actualizada.
  • Extremar la cautela en la interpretación y aplicación de determinadas funciones que pueden ser restrictivas de la competencia. Por ejemplo, actuaciones para “dignificar la profesión” o  funciones de representación de la profesión” o de “adopción de medidas para evitar el intrusismo profesional”.  

La CNMC ha publicado numerosos estudios sobre la reforma de los Colegios Profesionales (links) en los que incide que son necesarios una serie de cambios en su regulación para perfeccionar las condiciones de competencia e incrementar la productividad en beneficio de los consumidores y usuarios.

La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados y que garantiza y promueve una competencia efectiva. Este informe se emite a solicitud del Ministerio de Economía y Competitividad, en ejercicio de las competencias de la CNMC, en aplicación del artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

 

Nota de prensa

 

 

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