La CNMC aprueba la compra de Just Eat por MIH Food Delivery Holdings con compromisos

13 Dic 2019 | Competencia Competencia, Nota de prensa
  • •    La operación afecta a la gestión de los pedidos de comida a domicilio a través de plataformas online.
  • •    El objetivo de los compromisos es asegurar que el grupo Naspers/MIH no acceda a información estratégica ni participe en la toma de decisiones que incidan en la estrategia de Glovo, por el riesgo de efectos restrictivos de la competencia.


La CNMC ha autorizado la compra de Just Eat por MIH Food Delivery Holdings (MIH), del Grupo Naspers, con compromisos. La operación se realizará a través de la oferta pública de adquisición (OPA) anunciada el 22 de octubre de 2019. Esta OPA compite con la operación que ya se autorizó el 19 de septiembre de 2019 (C/1061/19 TAKEAWAY/JUST EAT).


La operación afecta al sector de la gestión de los pedidos de comida a domicilio a través de plataformas online, a las que se accede por internet o aplicaciones móviles. Este mercado, caracterizado por efectos de red indirectos, se encuentra relativamente concentrado en la actualidad y se espera que la demanda continúe creciendo a tasas significativas en los próximos años. 


En este contexto, se han analizado las implicaciones que tiene la existencia de una participación minoritaria inferior al 25% de MIH en Delivery Hero y la participación que tiene Delivery Hero en Glovo que es inferior al 20%. De forma que la compradora de Just Eat tendría una participación minoritaria indirecta en su principal competidor en España, Glovo. Estas participaciones podrían entrañar un riesgo al posibilitar el acceso a información relativa a la política comercial estratégica de Glovo, pues directa o indirectamente (a través de Delivery Hero) MIH tendría acceso a la información puesta a disposición de los consejos de administración de Just Eat y de Glovo, respectivamente. Asimismo, la presencia indirecta de MIH en el consejo de administración del principal competidor de Just Eat crea un incentivo en MIH a prevenir la expansión del negocio de este competidor. 


La operación cumple los requisitos previstos por la LDC al superarse el umbral de cuota de mercado establecido en el artículo 8.1.a) de la misma y se ha autorizado en primera fase con compromisos.

En consecuencia, la aprobación de la concentración queda subordinada al cumplimiento de los compromisos propuestos por la parte notificante. Éstos consisten en garantizar que MIH no acceda a información comercial sensible ni de Delivery Hero ni de su participada Glovo; así como en impedir que MIH pueda influir a través de esta vía en la estrategia desarrollada por Glovo en mercados en los que compita o pueda competir con Just Eat en España. Además, Delivery Hero (ni, por ende, Glovo) tampoco podrá acceder a información sensible desde la perspectiva de Derecho de la Competencia de Just Eat. 


Por tanto, el objetivo que persiguen los compromisos es asegurar que el grupo Naspers/MIH no acceda a información estratégica de Glovo ni participe en la toma de decisiones que puedan incidir en la estrategia de Glovo, por el riesgo de efectos restrictivos de la competencia que podrían derivarse de ello.


La duración de los compromisos será de tres años, con la posibilidad de prorrogarlos un año adicional en el caso de que la CNMC valore que resulta justificado su mantenimiento o adecuación. En particular, se atenderá a la eventual entrada de nuevos competidores en el mercado español, singularmente en el caso de Delivery Hero.


Durante este periodo, la CNMC vigilará el cumplimiento de los compromisos por parte de MIH. Por este motivo, la compañía está obligada a remitir periódicamente un conjunto de información que permite contrastar el respeto efectivo de tales compromisos.

 

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