La CNMC somete a audiencia pública los criterios que regirán la prohibición de contratar de las empresas con la Administración Pública cuando falsean la competencia.

24 Nov 2022 | Competencia Nota de prensa
  • Desde 2015, las empresas sancionadas por infracciones graves de la competencia se enfrentan a la prohibición de contratar con el sector público. 
  • La contratación pública tiene un papel esencial en el contexto económico actual y también en las funciones que desarrolla la CNMC.
     

La CNMC ha acordado someter a audiencia e información pública el borrador de Comunicación AJ/02/22  sobre los criterios que empleará a la hora de imponer la prohibición de contratar con la Administración Pública a aquellas empresas que hayan sido sancionadas por vulnerar la normativa de defensa de la competencia. 

Con esta consulta, la CNMC pretende recabar todas las aportaciones posibles de las personas físicas, empresas, asociaciones, organismos públicos y demás interesados para poder fijar unos criterios generales y comenzar a determinar en sus resoluciones sancionadores la duración y alcance de este tipo de prohibiciones.

La consulta pública del borrador de Comunicación AJ/02/22 estará disponible hasta el 23 de diciembre en la página web de la CNMC. 

Prohibición de contratar

En 2015, la normativa española en materia de contratación pública incluyó la prohibición de contratar con el sector público a las empresas y sujetos sancionados por haber cometido infracciones graves de falseamiento de la competencia.
 
La Ley de Contratos del Sector Público establece que la determinación de la duración y alcance de la prohibición de contratar puede fijarse en la misma resolución sancionadora de la CNMC, o por la persona titular del Ministerio de Hacienda, previa propuesta de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado.

La CNMC ha declarado la existencia de esta prohibición de origen legal en los expedientes sancionadores de conductas realizadas tras la entrada en vigor de la prohibición. Las resoluciones se han remitido a la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado para que ésta determine la duración y alcance de la prohibición.

Pronunciamientos judiciales

En todo caso, varios pronunciamientos judiciales recientes han reconocido que la autoridad de competencia es la mejor situada para valorar de forma global las medidas de gravamen y sanción que pueden adoptarse ante los hechos acreditados en sus resoluciones y para ponderar las consecuencias que tienen en el mercado las conductas sancionadas.

En el contexto actual la contratación pública tiene una gran trascendencia para la sociedad y para las funciones de la CNMC, tal como se señala en su Plan de Actuación 2021-2022. 


Acceso al borrador de Comunicación AJ/02/22 (disponible hasta el 23 de diciembre)
 

 

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