La CNMC inicia un expediente sancionador contra Leadiant Biosciences Spa y Leadiant Biosciences Ltd por presuntas prácticas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia

22 Dic 2020 | Competencia Nota de prensa
  • Investiga un posible abuso de su posición dominante en el mercado de la fabricación y suministro en España del medicamento CDCA-Leadiant®
  • Este fármaco se utiliza para el tratamiento de una anomalía metabólica que produce daños irreparables en el organismo
  • Se trata de un medicamento de los conocidos como “huérfanos” ya que carece de alternativa terapéutica equivalente.

 

La CNMC investiga a las empresas Leadiant Biosciences Spa y Leadiant Biosciences Ltd, por prácticas contrarias al artículo 2 de la 15/2007 de 3 de julio de Defensa de la Competencia (LDC), consistentes en un abuso de su posición de dominio en el mercado de fabricación y suministro del medicamento huérfano CDCA-Leadiant®, utilizado para el tratamiento de los pacientes con xantomatosis cerebrotendinosa (XCT). (S/0028/20: LEADIANT)

El medicamento CDCA-Leadiant® contiene ácido quenodesoxicólico, una sustancia que se produce normalmente en el hígado a partir del colesterol y que forma parte de la bilis, un líquido que ayuda a digerir las grasas y las vitaminas de los alimentos.


La XCT, que está considerada como una “enfermedad rara”, es una anomalía metabólica hereditaria producida por un error en la síntesis de los ácidos biliares del cuerpo. Tal patología provoca una acumulación de los depósitos de ácidos grasos en varias partes del organismo causando daños sistémicos y neurológicos irreparables.


A la vista de la información recabada y de la colaboración tanto del Ministerio de Sanidad como de la OCU, la CNMC ha decidido iniciar este expediente sancionador contra dicha empresa dados los indicios racionales de una infracción del artículo 2 de la Ley 15/2007 de 3 de julio de Defensa de la Competencia (LDC) y del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).


La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para su instrucción y resolución.

(S/0028/20: LEADIANT)

 

 

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