La CNMC aprueba la resolución que establece los precios de los peajes de transporte y distribución para 2023

22 Dic 2022 | Energía Nota de prensa
  • Los peajes se reducen, en términos medios, el 1,05% respecto de los aplicados el 1 de enero.

 

La CNMC ha aprobado la Resolución por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad para 2023. (RAP/DE/009/22).

Los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución se han determinado teniendo en cuenta la estimación de la retribución del transporte y la distribución que resulta de aplicar de la Circular 5/2019 y la Circular 6/2019. Adicionalmente, se ha considerado, conforme al artículo 5 de la Circular 3/2002, las revisiones de la retribución y las diferencias entre los ingresos inicialmente previstos y los ingresos reales correspondientes al ejercicio 2021.

En particular, la parte de la retribución del transporte[1] considerada en el cálculo de los peajes para el ejercicio 2023 es un 6,7% inferior a la considerada en el cálculo de los peajes del ejercicio 2022, consecuencia de una reducción de la retribución del 3,6% y de la imputación de los desvíos del ejercicio 2021.

Por su parte, la retribución considerada en el cálculo de los peajes de distribución es un 3,8% inferior a la considerada en el cálculo de los peajes del ejercicio 2022, consecuencia de un incremento de la retribución a la distribución del 2,5%, compensado por la imputación de los desvíos del ejercicio 2021.

Como consecuencia de lo anterior, los peajes de acceso a las redes se reducen[2], en términos medios, el 1,05% respecto de los peajes aplicados desde el 1 de enero de 2022, tal y como se observa en el cuadro siguiente, siendo mayores las reducciones en los peajes de AT (6.X TD) que en los peajes de BT (2.0TD y 3.0 TD) ya que el peso del peaje de transporte es mayor en los primeros que en los segundos.

[1]     Los impactos se han calculado facturando el escenario de demanda previsto para el ejercicio 2023 a los peajes establecidos en la Resolución de 16 de diciembre de 2021, y a los de la Resolución de 15 de diciembre de 2022.

[2]     La retribución del transporte se minora por los ingresos procedentes de las rentas de congestión en las conexiones internacionales y los ingresos de peajes de interconexiones.

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