La CNMC multa a la comercializadora Gigabusiness S.L. por no prestar las garantías exigidas por Red Eléctrica

13 Abr 2021 | Energía Nota de prensa
  • La empresa está en situación de liquidación.
  • Impone una sanción de 600.000 euros por una infracción leve.
  • La empresa desatendió el requerimiento de REE y generó un déficit de garantías para operar en el sistema eléctrico que ha durado más de un año.

La CNMC ha sancionado a la compañía Gigabusiness, S.L., actualmente en liquidación, por incumplir con la obligación de prestar las garantías exigidas por el Operador del Sistema. (SNC/DE/051/19)

El artículo 46.1.e) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico impone a las empresas comercializadoras la obligación de prestar las garantías que reglamentariamente resulten exigibles cuando adquieren energía en el mercado eléctrico.

El 28 de marzo de 2019, Red Eléctrica de España (REE, Operador del Sistema Eléctrico) denunció ante la CNMC el incumplimiento por parte de Gigabusiness de la obligación de prestar las garantías exigidas (117.000 euros). De esta forma, se fue generando un déficit de garantías que ha durado más de un año y que llegó a alcanzar los 1,96 millones de euros en mayo de 2020.

El 23 de junio de 2020, REE dio de baja a Gigabusiness como participante en el mercado. No obstante, Gigabusiness tiene una deuda pendiente de pago con REE por la energía que no fue adquirida en el mercado de producción de energía eléctrica para el consumo de sus clientes y que asciende a un total de 417.294 euros.

Una vez instruido el correspondiente expediente, la CNMC ha multado con 600.000 euros a Gigabusiness como responsable de una infracción leve, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

La CNMC recuerda que las presentes Resoluciones pueden ser recurridas ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional cuarta, 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

(SNC/DE/051/19)

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