La CNMC multa a la Real Sociedad Canina de España por obstaculizar la actividad de las asociaciones rivales y discriminar a jueces caninos

26 Mayo 2022 | Competencia Nota de prensa
  • La Real Sociedad Canina de España (RSCE) ha abusado de su posición de dominio para dificultar la entrada de otras organizaciones, habilitadas por la legislación, para participar en varios mercados.
  • El abuso se ha traducido tanto en el establecimiento de restricciones impuestas a los titulares de perros de otras asociaciones para acceder al mercado internacional como en las restricciones impuestas a sus jueces para participar en exposiciones de otras organizaciones.

La CNMC ha sancionado con 142.996 euros a la Real Sociedad Canina de España (RSCE) por un abuso de posición de dominio prohibido por el artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia y el artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. (S/0044/19 REAL SOCIEDAD CANINA DE ESPAÑA).

Inicio de la investigación

En octubre de 2020 la CNMC inició una investigación sobre las actuaciones de la RSCE por posibles prácticas anticompetitivas tras recibir una denuncia del Real Club Español de Perro Pastor Alemán, a la que se unieron otras asociaciones: el Kennel Club España, la Asociación Nacional de Criadores Caninos y Multiformación, y la Real Federación Española de Caza (nota de prensa).

Certificados nacionales e internacionales

En España, para que un perro sea considerado de pura raza es necesario que disponga de un certificado de pedigrí. Este certificado lo puede emitir cualquier asociación canina reconocida oficialmente, previa inscripción del animal en su registro genealógico, dado que el mercado de certificación de perros de raza se liberalizó en España en 2001 por el Real Decreto 558/2001.

Sin embargo, de hecho, sólo la RSCE está habilitada para emitir certificados de exportación reconocidos internacionalmente. Este certificado (“export pedigree”) es imprescindible para poder exportar perros que puedan ser inscritos como perros de raza en el país de destino, dado que, a pesar de la liberalización mencionada, la RSCE es la única asociación cuyos certificados están reconocidos internacionalmente por la Fédération Cynologique Internationale (FCI).

Limitaciones a los jueces

Tanto los miembros de la FCI como la RSCE habilitan jueces para participar en concursos y exposiciones que permiten a los perros acceder a categorías que les confieren mayor valor. Los resultados de estas actividades pueden incrementar el valor de los perros cuando consiguen premios que inscriben en su palmarés. Esto, a su vez, se refleja en los precios de compraventa de perros de raza en España y en el extranjero.

Las limitaciones impuestas por la RSCE a sus jueces para participar en exposiciones de las asociaciones competidoras tienen un impacto potencial en la entrada de éstas en el mercado que se ha considerado parte del abuso.

Conductas sancionadas

La CNMC ha acreditado que la RSCE ha infringido la normativa de competencia por las siguientes conductas:

  • Imponer a los titulares de perros de raza inscritos en otras asociaciones, para poder disponer de un certificado de exportación de la RSCE, su baja de los registros de otras asociaciones competidoras y la inscripción en el registro de la RSCE, con el pago de las tasas correspondientes.
  • La discriminación tarifaria y el borrado del historial y palmarés de los perros inscritos en su registro que procedían de otras asociaciones, frente a aquellos perros inscritos originariamente en el registro de la RSCE. A los perros que son cambiados de registro, se les eliminan los datos de sus ancestros en el libro de la RSCE, lo que genera un relevante impacto en su valoración. Además, se cobran precios distintos por el registro de los perros, dependiendo de si se inscriben por primera vez o provienen de registros de otras asociaciones caninas competidoras, sin que exista justificación para ello.
  • La discriminación consistente en la persecución, prohibición y sanción a los jueces caninos formados y habilitados por la RSCE (y a otros jueces formados y habilitados por otras asociaciones caninas extranjeras miembros de la FCI) cuando han pretendido arbitrar o han arbitrado en eventos organizados por otras organizaciones caninas competidoras nacionales.
  • La creación y utilización de una estructura organizativa de socios colaboradores, clubes colaboradores y clubes amigos, mediante la firma de pactos de exclusividad y no competencia para reforzar su posición de dominio en los mercados de la certificación genealógica nacional e internacional frente a otras asociaciones caninas nacionales competidoras.

Perjuicios para las asociaciones rivales

Estas conductas han ralentizado la expansión de las organizaciones caninas nacionales con libros de perros de raza propios y han mermado sus ingresos, al reducir la demanda de los certificados de raza pura solicitados a las asociaciones competidoras e incrementar los ingresos de la RSCE.

Además, la RSCE ha obstaculizado el desarrollo de las exhibiciones, competiciones y eventos caninos organizados por las asociaciones caninas competidoras y ha reducido el número de jueces caninos disponibles en el mercado.

Por lo anterior, la CNMC ha resuelto imponer a la RSCE una multa de 142.996 euros por la comisión de una infracción única y continuada muy grave del artículo 62.4. b) de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.

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