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La CNMC analiza la separación de actividades de Enagás como gestor de la red troncal de hidrógeno

Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Energía
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  • En 2024, el Consejo de Ministros impuso a Enagás Infraestructuras de Hidrógeno (HTNO) actuar separadamente de Enagás Transporte, el gestor de la red transporte de gas natural.
  • El informe constata que Enagás Infraestructuras de Hidrógeno ha cumplido los requisitos de separación de las actividades impuestos.

La CNMC ha analizado en su informe (INF/DE/146/24) si Enagás Infraestructuras de Hidrógeno (HTNO) actúa como persona jurídica horizontalmente separada de Enagás Transporte, el gestor de la red de transporte de gas natural (TSO) de su mismo grupo empresarial, tal como estableció el acuerdo del Consejo de Ministros del 30 de julio de 2024.

La habilitación como HTNO provisional se vincula al desarrollo de los proyectos de infraestructuras incluidos en la lista de proyectos de interés común y proyectos de interés mutuo de la Comisión Europea. Entre otros, figuran el interconector de hidrógeno Portugal-España; la infraestructura interior de hidrógeno en España; el interconector de hidrógeno España-Francia, conocido como proyecto «BarMar» e instalaciones de almacenamiento de hidrógeno en España: «H2 storage North-1» «H2 storage North-2». El HTNO tiene, entre otras funciones, solicitar la autorización, construcción, puesta en servicio, operación, vigilancia y mantenimiento de los proyectos.

Separación de actividades

El acuerdo del Consejo de Ministros pretende que el HTNO provisional se gestione, en la práctica, como una entidad independiente del TSO de su mismo grupo empresarial, extendiendo la independencia en la forma jurídica (separación horizontal) al desempeño operativo y a la gestión y adopción de decisiones. Con la exigencia de separación horizontal se persigue garantizar la transparencia con respecto a los costes y la financiación y evitar subvenciones cruzadas.

La CNMC concluye que Enagás y Enagás Infraestructuras de Hidrógeno han implementado las medidas para cumplir con la condición impuesta:

  • El objeto social de Enagás Infraestructuras de Hidrógeno se mantiene ajeno a la actividad de transporte de gas natural.
  • La sociedad ha asumido de forma efectiva funciones como HTNO24.
  • Existen medidas que garantizan la independencia en la gestión y la protección de la información derivada de su actividad.
  • Sus administradores son independentes respecto del resto de sociedades y de la Dirección General de Transición Energética del Grupo.
  • La prestación de servicios de asistencia técnica por parte de Enagás Transporte a la sociedad (ingeniería de infraestructuras de hidrógeno) responde a las sinergias previstas en la normativa comunitaria.

La CNMC recomienda, entre otros, alinear la remuneración variable de los responsables de gestión del HTNO, en exclusiva, con su propia actividad y que los servicios de asistencia técnica por parte del TSO permanezcan sujetos a los precios de mercado y a las políticas de precios de transferencia del grupo.  

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Fecha de publicación: 24 de Julio del 2025

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