La CNMC publica el Informe Anual de Ayudas Públicas de 2018

26 Jul 2018 | Promoción de Competencia Nota de prensa
  • El informe analiza los datos de las ayudas de Estado concedidas por España en 2016, último ejercicio con datos oficiales de la Comisión Europea. 
  • Las ayudas públicas regulares en 2016 se redujeron al 0,26% del PIB. España es el tercer Estado miembro de la UE-28 con menos ayudas públicas en porcentaje del PIB. No obstante, se mantienen diferencias relevantes en los objetivos que persiguen.
  • El informe contribuye a mejorar el conocimiento de los principales cambios regulatorios o jurisprudenciales que pueden alterar el funcionamiento de la economía y las principales actuaciones realizadas por la CNMC en 2017.

 

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha publicado el Informe Anual de Ayudas Públicas de 2018 (IAP/CNMC/001/18) que ha remitido a las Cortes Generales.

La CNMC realiza una tarea de seguimiento y de evaluación del impacto de las ayudas públicas para salvaguardar el correcto funcionamiento de los mercados. En particular, el artículo 11.2 de la 15/2007 de 3 de julio, de Defensa de la Competencia insta a emitir un informe anual sobre las ayudas públicas concedidas en España. Este es el quinto que realiza la CNMC.

Los objetivos de este informe son los siguientes:

  • En primer lugar, realiza un análisis estadístico y económico de las ayudas concedidas por España durante 2016, último ejercicio disponible con datos oficiales de la Comisión Europea (a través de su Marcador de ayudas de Estado publicado en marzo de 2018). Del análisis de estos datos se desprenden dos conclusiones fundamentales:   
    • Las ayudas regulares (las que no van dirigidas al sector ferroviario ni al sector financiero) representaron el 0,26% del PIB nacional en 2016, dos décimas menos que en 2015 que se situaron en el 0,28% del PIB. En el conjunto de la UE se mantuvieron estables (del 0,70% frente a 0,69% en 2015). España es el tercer Estado miembro de la UE-28 con menos ayudas públicas en porcentaje del PIB (tras el 0,20% de Irlanda y el 0,22% de Italia). 
    • La reducción obedece a la disminución de las ayudas horizontales (que no están restringidas a sectores económicos concretos), mientras que las ayudas sectoriales (destinadas a sectores económicos específicos), aunque se han reducido, no han variado su peso en la misma medida. Sería deseable una mayor participación de las ayudas horizontales sobre el total, siguiendo la tendencia de los países de nuestro entorno desde 2009, dado que es menos distorsionadora de los mercados. 
    • En cuanto a los objetivos perseguidos por las ayudas regulares, existen diferencias notables con respecto a la UE-28. En España dedicamos relativamente más recursos a ayudas a consumidores individuales y relativamente menos a medio ambiente y transición energética. Sin embargo, la comparativa en relación con las ayudas a la I+D+i resulta favorable para España, en el sentido de que dedicamos más recursos que la UE-28. 
    • No se han otorgado nuevas ayudas al sector financiero. Estas aportaciones siguen reduciendo su peso en el conjunto de las ayudas y en relación con el PIB desde 2012 en que alcanzaron su nivel máximo.
  • En segundo lugar, se recogen las principales novedades normativas, resoluciones administrativas y judiciales impulsadas por las autoridades de la UE en 2017 en esta materia. Desde el punto de vista normativo destaca  el Reglamento (UE) 2017/1084 de la Comisión que afecta a las ayudas exentas de notificación en materias portuarias y aeroportuarias y a los umbrales de notificación de ayudas culturales y recreativas. En cuanto a la jurisprudencia, destacan los pronunciamientos en materia de telecomunicaciones en los que el TJUE indica las pautas para evitar la falta de motivación a la hora de aplicar el “concepto de selectividad”. En el ámbito nacional, cabe destacar resoluciones que amparan los planteamientos de la CNMC en materia de unidad de mercado.
  • En tercer lugar, se resumen brevemente las principales actuaciones realizadas por la CNMC en 2017 en relación con las ayudas públicas con el objetivo de difundir este instrumento de política pública. Entre ellos, los informes realizados sobre transporte de pasajeros y mercancías, el despliegue de redes de banda ancha en diferentes comunidades autónomas, los peajes y el régimen retributivo en materia energética, así como determinados aspectos incluidos en la reforma de la base de datos nacional de subvenciones. 

 

La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados y que garantiza y promueve una competencia efectiva y una regulación eficiente. Este informe se emite de oficio en base a lo contemplado en el art. 11.2 de la Ley 15/2007 de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.

 

El concepto de ayudas de Estado

Cuando una empresa recibe apoyo público, obtiene una ventaja respecto a sus competidores. Es por ello que el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) prohibe las ayudas de Estado salvo que estén justificadas por razones de interés general. Las ayudas de Estado están sujetas, salvo excepciones, a autorización previa por parte de la Comisión Europea.

Una ayuda de Estado se puede definir como una ventaja de cualquier tipo otorgada de forma selectiva a empresas por el sector público. Para ser considerada ayuda de Estado, una medida debe suponer el uso de fondos públicos, generar una ventaja económica para el beneficiario, ser selectiva para determinadas empresas o sectores, alterando el equilibrio entre estos operadores y sus competidores, y afectar a los intercambios entre Estados miembro.

Sin embargo, puede haber ayudas públicas que no reúnan alguno de los requisitos anteriores y no puedan ser calificadas de ayudas de Estado. Además, determinadas categorías de ayudas de Estado (como las ayudas de menor cuantía o “de minimis”) no están sujetas ni a notificación ni a comunicación. El Informe Anual de Ayudas Públicas recoge solo los datos estadísticos de las ayudas de Estado que han sido notificadas ex ante o comunicadas ex post a la Comisión Europea.

 

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El texto íntegro de la resolución aprobada por el Consejo se publica en la página web de la CNMC, una vez
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