La CNMC sanciona con 9,3 millones de euros a siete empresas de fabricación, alquiler y venta de construcciones modulares

14 des. 2015 | Competencia Nota de prensa

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha sancionado con 9,3 millones de euros a siete empresas de fabricación, alquiler y venta de construcciones modulares por declararse acreditada una infracción de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia.
 
En concreto, la CNMC considera acreditadas las prácticas anticompetitivas, consistentes en la fijación de precios y el reparto de clientes, así como la adopción de acuerdos para el reparto de las adjudicaciones de licitaciones convocadas por operadores públicos y privados en el mercado español de la fabricación, alquiler y venta de construcciones modulares, que son estructuras prefabricadas que se utilizan, de forma individual o combinada, como estancias temporales o permanentes para distintos servicios. Junto a su uso tradicional por empresas constructoras como oficinas o vestuarios temporales situados a pie de obra, en la actualidad el uso de las construcciones modulares se ha extendido a otros servicios, sirviendo como estructuras destinadas a colegios, almacenes, hospitales, oficinas, hoteles u otros alojamientos, al ofrecer una mayor flexibilidad al usuario, un periodo de instalación inferior y la posibilidad de reutilizarlas en otros lugares y para finalidades distintas de las inicialmente previstas.

Las prácticas anticompetitivas acreditadas tuvieron lugar desde el año 2008 hasta el 2013, con efectos hasta 2014, y afectaron a distintas Comunidades Autónomas, agrupadas en las llamadas zonas Levante, Sur, Cataluña y Centro-Norte. En particular, entre las prácticas investigadas y sancionadas, tienen especial importancia los acuerdos anticompetitivos para el reparto de las adjudicaciones de licitaciones de suministro de construcciones modulares destinadas a instalaciones educativas (colegios e institutos públicos) en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Castilla-La Mancha, Cataluña, Murcia y Valencia, aunque las conductas ilícitas sancionadas también alcanzaron a otras licitaciones públicas y privadas.

Las conductas vulneradoras de las normas destinadas a garantizar la transparencia en la contratación administrativa y la selección de la oferta más ventajosa son especialmente dañinas, al suponer un encarecimiento del coste que debe soportar la Administración y, en última instancia, los ciudadanos.

El expediente sancionador se inició en 2013, tras presentar una de las empresas participantes en este cártel una solicitud de clemencia, y en diciembre de 2014 se decidió ampliar la incoación tras las inspecciones realizadas en las sedes de algunas de las empresas participantes en dicho cártel.
 
Desglose y cuantía de las multas impuestas:

  1. ABC Arquitectura Modular, S.L.: multa de 144.241 euros, de la que resulta responsable solidaria su matriz Agro Inmobiliaria, S.L.
  2. Algeco Construcciones Modulares, S.A.: multa de 1,591 millones de euros, de la que resulta responsable solidaria su matriz Algeco Scotsman Holding S.Á.R.L
  3. Alquibalat, S.L.: multa de 461.847 euros.
  4. Alquileres Barceló Sáez, S.L.: multa de 43.487 euros.
  5. Arlan, S.A.: multa de 90.475 euros.
  6. Dragados, S.A.: multa de 8,567 millones de euros, de la que resulta responsable solidaria su matriz ACS Actividades de Construcción y Servicios, S.A.
  7. Renta de Maquinaria, S.L.: multa de 340.868 euros, de la que resulta responsable solidaria su matriz Calem, S.A

Además, la Resolución  procede al archivo de las actuaciones seguidas contra Etxekit, S.L., (así como respecto de su matriz Uriondo Bat, S.L.),   Representaciones Norte, S.L, Sistemas Modulares Goikoa, S.L  y Vallas y Casetas Brun, S.L., al no considerar acreditada su participación en las conductas investigadas.

La CNMC ha otorgado la exención de la multa impuesta a Algeco (matriz y filiales) por un importe total de 1,591 millones de euros y una reducción del importe de la multa de 461.847 euros impuesta a Alquibalat del 30%, equivalente a 138.554 euros,  como resultado de la aplicación del Programa de Clemencia. Algeco fue la primera empresa en aportar elementos de prueba que permitieron ordenar inspecciones en relación con este cártel, mientras que Alquibalat en la solicitud de reducción del importe de la multa presentada tras la inspección realizada en su sede, ha aportado elementos de prueba que justifican la concesión de la reducción citada. 

Se recuerda que mediante el Programa de Clemencia, la empresa y/o el directivo que haya participado en un cártel puede aportar información sobre el mismo, escrita o verbalmente en la sede de la CNMC a cambio de la exención total (o a una reducción) de la multa que le correspondería.

Asimismo, la CNMC ha habilitado un Buzón de Colaboración donde cualquier ciudadano o empresa puede facilitar información a la autoridad de competencia sobre este tipo de infracciones muy graves.

La CNMC recuerda que contra esta Resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Cualquier persona, empresa o entidad que se considere afectada por las prácticas anticompetitivas descritas en estas resoluciones puede presentar una demanda de daños y perjuicios derivada de las citadas conductas por infracción de la normativa de defensa de la competencia ante los tribunales civiles.
 
 
S/0481/13

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