La CNMC sanciona a 33 empresas de transporte escolar y una asociación por crear un cártel en el transporte escolar de Navarra

16 Sep 2020 | Competencia Nota de prensa
  • Las empresas crearon una trama para repartirse el transporte escolar por zonas y engañar al Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, encareciendo los precios del servicio durante 8 años.
  • Las sanciones a las empresas se elevan a 3,29 millones de euros y se activa el procedimiento para aplicarles la prohibición de contratar con la Administración.
  • La asociación ANET ha sido sancionada con 15.000 euros por la celebración de reuniones en su sede en las que las empresas coordinaban su actuación.

 

La CNMC ha sancionado a 33 empresas de transporte escolar y una asociación del sector por crear un cártel en el transporte escolar en la Comunidad Foral de Navarra. (SANAV/02/19).

Las empresas crearon una trama para repartirse y encarecer los concursos del Departamento de Educación de la Comunidad desde el 1 de diciembre de 2013 hasta el 1 de diciembre de 2018. El total de las sanciones se eleva a 3,29 millones de euros, a los que hay que sumar 15.000 euros a la asociación que articuló el acuerdo. Además, la CNMC activa nuevamente el procedimiento para aplicar la prohibición de contratar con la Administración de las empresas multadas, remitiendo la resolución sancionadora a la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado.

Las empresas habían creado una trama para amañar los concursos públicos que realiza el Departamento de Educación para llevar al colegio a alumnos de educación primaria y secundaria obligatoria y hacer posible el ejercicio del derecho a la educación previsto en el artículo 27 de la Constitución. Respecto a la demanda del servicio de transporte escolar en centros públicos de la Comunidad Foral de Navarra, durante el curso 2019/2020 tiene como destinatarios a un total de 115 colegios y 14.498 alumnos. Las empresas del cártel se repartieron durante ocho años las rutas de su elección, estableciendo turnos y compensaciones para asegurar carga de trabajo y precios.

La existencia de la trama ha quedado reflejada, al menos, en la licitación para el curso escolar 2013/2014 y sus prórrogas y en la licitación para el curso escolar 2017/2018. La investigación ha revelado un comportamiento coordinado, de modo que cuando una de las empresas se ha presentado a un lote, ninguna otra de las partícipes en el acuerdo lo han hecho, a pesar de tener solvencia técnica para hacerlo. De no existir acuerdo entre las empresas y las UTE, las empresas habrían presentado ofertas a los mismos lotes para tener más posibilidades de obtener algún contrato y habrían competido en precio y condiciones, lo que en última instancia habría producido un beneficio para el consumidor final.

El expediente se inició tras la puesta en conocimiento por la Intervención General de la Comunidad Foral de Navarra al Servicio de Consumo, Arbitraje y Defensa de la Competencia de la posible existencia de prácticas prohibidas por la Ley 15/2007, de defensa de la competencia, siendo la autoridad autonómica la competente para instruir el expediente por razón el ámbito geográfico de la conducta, como concluyó la CNMC durante el trámite de asignación de competencias. Posteriormente, se llevaron a cabo tres inspecciones domiciliarias en la sede de ANET, así como en las sedes de las empresas Compañía Navarra de Autobuses, S.A. y Eugenio Díez, S.A, las cuales permitieron recabar las pruebas de la existencia del cártel.

La CNMC considera acreditada la existencia de una infracción muy grave del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia 15/2007, de la que son responsables las siguientes empresas atendiendo a la duración de su participación:

 

La asociación de empresas sancionada es la Asociación Navarra de Empresarios del Transporte por Carretera y Logística (ANET) con 15.000 euros.

La CNMC recuerda que de toda infracción de falseamiento de la competencia se deriva la prohibición de contratar con la Administración, en aplicación de la legislación de contratos públicos. No obstante, la duración y el alcance de dicha prohibición habrá de ser fijado por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado.

La CNMC considera prioritaria la lucha contra los carteles y recuerda que para su detección cuenta con el Programa de Clemencia, mediante el que la empresa y/o el directivo que haya participado en un cártel puede aportar información sobre el mismo, escrita o verbalmente en la sede de la CNMC a cambio de la exención total (o a una reducción) de la multa que le correspondería.

Asimismo, la CNMC dispone de un Buzón de Colaboración donde los operadores o personas físicas pueden facilitar información a la autoridad de competencia sobre este tipo de infracciones muy graves.

La CNMC recuerda que contra esta Resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Press release (amended  version)

Documento no oficial, destinado a los medios de comunicación y que no vincula a la CNMC. La resolución se publica en la página web de la CNMC, una vez eliminados los elementos confidenciales, y se puede consultar mediante el vínculo que figura en la nota de prensa. Reproducción permitida solo si se cita la fuente.