La CNMC publica un informe sobre el proyecto de Real Decreto que regula el reconocimiento de las organizaciones de productores y sus asociaciones en determinados sectores agrarios

26 Jun 2019 | Promoción de Competencia Nota de prensa, Promoción de Competencia
  • El proyecto pretende hacer frente a debilidades del sector primario como su fragmentación, escala insuficiente y desequilibrio negociador.
  • La regulación planteada debe limitar los posibles riesgos sobre la competencia.

 

La CNMC ha emitido un informe sobre el proyecto de Real Decreto por el que se regulará el reconocimiento de las organizaciones de productores y sus asociaciones en determinados sectores agrarios, a solicitud del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (IPN/CNMC/016/19).

El sector de productores agrarios (agricultores y ganaderos) tiene como principales debilidades su excesiva fragmentación, escala insuficiente y desequilibrios en el poder negociador. La Unión Europea ha optado por hacer frente a esa situación a través del fomento de las Organizaciones de Productores (OP) y sus Asociaciones (AOP). Entre otras facultades, las OP y AOP “reconocidas” pueden acogerse a excepciones puntuales de determinados preceptos de la normativa de competencia. Por ejemplo, bajo determinados requisitos, podrían negociar los precios en nombre de todos sus miembros.

La CNMC comparte en su informe la preocupación por las debilidades que padece el sector, ya que afectan negativamente a la eficiencia del conjunto de la cadena agroalimentaria. No obstante, un relajo excesivo de las normas de competencia sería en exceso perjudicial tanto para productores como consumidores. Por ello, las excepciones a la normativa de competencia deben interpretarse siempre de manera restrictiva.

Teniendo en cuenta lo anterior, la CNMC recomienda en su informe:

  • Interpretar de forma restrictiva los supuestos legales de excepción de la normativa de competencia.
  • Plantear todas las modalidades posibles de OP/AOP, incluyendo otras formas de cooperación y gestión empresarial que pueden generar efectos positivos.
  • Mejorar la fundamentación de las medidas y analizar en profundidad el impacto sobre la competencia y sobre la economía española en su conjunto.
  • Orientar el reconocimiento de las OP no sólo al cumplimiento formal de requisitos legales, sino a la obtención de eficiencias.
  • Fijar los umbrales (mínimos y máximos) del número de miembros y de producción, previo análisis en profundidad de cada sector, como condición imprescindible. Tras ello, los umbrales deberían establecerse en términos de cuota de mercado.
  • Fundamentar el plazo mínimo de dos años de pertenencia a la OP.
  • Incluir mecanismos de seguimiento y de evaluación ex post de las medidas.

La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados y que garantiza y promueve una competencia efectiva. Este Informe se emite a solicitud del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en ejercicio de las competencias consultivas de la CNMC en aplicación del artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Documento no oficial, destinado a los medios de comunicación, y que no vincula  a la CNMC. El texto íntegro del informe aprobado por el Consejo se publica en la página web de la CNMC, una vez eliminados los elementos de confidencialidad, y se puede consultar mediante el vínculo que figura en la nota de prensa. Reproducción permitida solo si se cita a la fuente.