La CNMC exige a Correos que cambie aspectos de su contabilidad para cumplir con la normativa
- El operador sigue considerando las notificaciones administrativas como un tipo de carta certificada, que formaría parte del Servicio Postal Universal, pero no lo son.
- Las notificaciones administrativas generaron el 27% de los ingresos del segmento postal tradicional en 2020.
- Incumplir este requerimiento puede constituir una infracción de la Ley del Sector Postal.
En la resolución de supervisión de la contabilidad de costes de Correos de 2021, la CNMC ha vuelto a solicitar al operador que deje de considerar las notificaciones administrativas como que si fueran cartas certificadas incluidas dentro del Servicio Postal Universal (SPU). (VECO/DTSP/001/23).
Correos es la compañía designada por Ley para prestar el SPU; es decir, un conjunto de servicios postales que deben garantizarse de forma permanente en todo el territorio, con determinados estándares de calidad y a precios asequibles para los usuarios. Correos recibe una compensación por la carga financiera injusta que le supone cumplir con estas obligaciones de servicio público.
Tipos de envíos del SPU
Los envíos nacionales y transfronterizos (ordinarios y certificados) de cartas, tarjetas postales (hasta 2 kg) y paquetes postales (hasta 20 kg) forman parte de del Servicio Postal Universal.
No es el caso de las notificaciones, que son una comunicación o puesta en conocimiento de una decisión administrativa, que afecta a los derechos o intereses de cualquier persona física o jurídica.
A pesar de ello, Correos imputa las notificaciones administrativas dentro del apartado de cartas certificadas y no respeta la separación contable que debe existir entre servicios incluidos y excluidos del ámbito del Servicio Postal Universal, con el consiguiente impacto material en los resultados de su contabilidad analítica.
Las notificaciones administrativas representaron el 4,9% de los envíos y el 26,8% del total de ingresos del segmento postal tradicional (cartas, postales, cartas certificadas y notificaciones), según el Informe Anual del Sector Postal 2020 (ver nota de prensa).
Conclusiones
El modelo de contabilidad analítica de Correos de 2021 cumple con lo dispuesto en la Ley Postal y en la Orden FOM/2447/2004, de 12 de julio, salvo algunas excepciones. Una de ellas afecta al servicio de notificaciones administrativas.
La CNMC requiere a Correos que introduzca en su sistema de contabilidad de costes del ejercicio 2021 las modificaciones precisas para corregir la incidencia, y le reitera que debe presentar también los resultados corregidos de los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020.
El incumplimiento de este requerimiento podrá ser considerado como una infracción administrativa de las previstas en el Título VII de la Ley Postal.
Además, requiere a Correos que corrija, en ejercicios posteriores, otros aspectos identificados sin impacto material y se implementen las mejoras descritas en la resolución.
Contenido relacionado:
- Nota de prensa: Correos deberá modificar aspectos de su contabilidad de los últimos ejercicios para cumplir con la normativa.
- Nota de prensa: La CNMC solicita a Correos que modifique aspectos de su contabilidad de los últimos ejercicios.
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- (VECO/DTSP/001/23).