- En los canales lineales (como La 1, Antena 3 o Telecinco), la mayoría de prestadores reservó más del 50 % del tiempo de emisión a este tipo de obras, como exige la normativa.
- En los servicios a petición, plataformas como RTVE Play o MiTele superaron con holgura el 30 % mínimo de obras europeas en catálogo.
- La CNMC constata avances en la prominencia de las obras europeas y, aunque aún muy moderados, en la diversidad lingüística.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado el informe bienal sobre el cumplimiento de las obligaciones de cuota europea por parte de los prestadores de servicios de comunicación audiovisual, tanto lineales como a petición, correspondiente al periodo 2022-2023 (COE/DTSA/074/24).
Los servicios de comunicación audiovisual televisivos incluyen tanto los canales lineales tradicionales (como La 1, Antena 3 o Telecinco), que emiten contenidos en una programación continua, como los servicios a petición o de catálogo (como Netflix, Amazon Prime, Disney+, Max, RTVE Play, MiTele, Atresplayer, Movistar o Filmin), que permiten al usuario elegir qué ver y cuándo.
El análisis de la CNMC constata que, en general, los prestadores han cumplido con los mínimos exigidos para la emisión y promoción de obras europeas, tanto en programación como en catálogo.
Servicios lineales
En televisión lineal, canales como La 1, Antena 3 o Telecinco superaron ampliamente la cuota del 51 % de obras europeas en su programación.
Servicios a petición
En los catálogos de vídeo bajo demanda, la mayoría de plataformas superó el umbral obligatorio del 30 % de obras europeas. RTVE Play, por ejemplo, alcanzó un 98 % en 2022, y MiTele un 95 % en 2023. Además, algunas plataformas (Rakuten y Filmin) han incorporado herramientas que mejoran la prominencia de estas obras, como campañas de publicidad, banners o la posibilidad de buscar por nacionalidad.
El informe también destaca el grado de cumplimiento de la cuota de producción independiente, así como la inclusión de obras en catalán, euskera, gallego o valenciano.
Obligaciones Ley General de la Comunicación Audiovisual
La normativa audiovisual establece que los prestadores de servicios televisivos deben reservar parte de su catálogo o programación a obras europeas. Hasta julio de 2023 se aplicaba la Ley de 2010, que exigía un 30 % del catálogo para obras europeas (la mitad, en alguna de las lenguas oficiales de España) en los servicios a petición, y un 51 % del tiempo de emisión para obras europeas en los canales lineales, con requisitos adicionales sobre lenguas, producción independiente y obras recientes. Desde julio de 2023, con la entrada en vigor de la nueva Ley General de la Comunicación Audiovisual, se mantienen estas obligaciones y se refuerzan: se introducen cuotas específicas por cada lengua oficial autonómica tanto para el servicio público estatal como para los catálogos a petición; en éstos últimos se garantizará además la prominencia de las obras europeas.