La CNMC sanciona a Mediaset por cambio de programación no anticipado

15 Ene 2021 | Audiovisual Nota de prensa
  • En su canal de televisión Telecinco, con la emisión del programa “Supervivientes: Especial última hora”

 
La CNMC ha sancionado a Mediaset con 49.000 euros por la vulneración del artículo 6.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA), que reconoce el derecho de las personas a una comunicación audiovisual transparente y deja claro que "la programación sólo podrá ser alterada por sucesos ajenos a la voluntad del prestador del servicio audiovisual o por acontecimientos sobrevenidos de interés informativo o de la programación en directo”.
 
La infracción cometida por Mediaset, tipificada como leve, ocurrió el día 13 de mayo de 2020 en su canal Telecinco, tras haber modificado la programación anunciada e incumplir, con ello, la obligación de dar a conocer la programación televisiva con una antelación suficiente, que en ningún caso puede ser inferior a tres días, y sin que concurra alguna de las causas especificadas que justifican el incumplimiento. Por ejemplo, cuando se producen sucesos de alta importancia o que susciten evidente interés en informar o continuar informando, como puede ser una noticia de última hora de gran trascendencia o un acontecimiento deportivo o de otra naturaleza que se esté retransmitiendo en directo y que dicha retransmisión se vea alargada por causas propias del acontecimiento retransmitido y al margen de la voluntad del titular del canal de televisión de que se trate.
 
La CNMC recuerda que, contra esta Resolución, Mediaset podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.
 
 
SNC/DTSA/049/20

 

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