Supervisión de los procedimientos de consultas públicas aplicables a las modificaciones de las tarifas aeroportuarias

Supervisamos tanto el procedimiento de consultas del DORA como el procedimiento de consultas de actualización anual de las tarifas.

En este sentido, y en relación al procedimiento de consultas del DORA, supervisamos que la Propuesta del DORA que Aena remite a la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) haya sido sometida al procedimiento de transparencia y consulta que regula el artículo 24 de la Ley 18/2014. En particular, supervisamos que la información proporcionada a las aerolíneas haya sido suficiente para valorar la propuesta, incluidos los valores esperados de las variables operativas y financieras en los principales aeropuertos. Podemos dictar Resoluciones estableciendo la información que debe intercambiarse en el procedimiento de consultas y los agentes que deben ser admitidos en el proceso.

Por otra parte, y en referencia al procedimiento de consultas de actualización anual de las tarifas, supervisamos el procedimiento de consulta que, al menos una vez al año, y en todo caso, cada vez que se modifiquen las tarifas aeroportuarias, Aena debe llevar a cabo con los representantes de las compañías aéreas sobre el funcionamiento del sistema de tarifas y sus modificaciones y actualizaciones; especialmente, sobre la correcta determinación y aplicación de IMAAJ y sobre el mantenimiento de los niveles de calidad exigibles. En este procedimiento, además de intercambiar la información suficiente, deberá considerar los puntos de vista puestos de manifiesto por los usuarios y justificar sus decisiones en caso de desacuerdo.