Comité de la Directiva Postal (Postal Directive Committee)

Tal y como prevé la Directiva de Servicios Postales en su artículo 21, la Comisión Europea está asistida por un Comité formado por las autoridades nacionales reguladoras de la UE, en la que la representación española corresponde al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y en la que la CNMC asiste como observador a las 2 reuniones anuales.

Dicho Comité asiste a la Comisión Europea en la aplicación de la citada Directiva, en especial por lo que se refiere a las futuras tareas de desarrollo de las medidas relativas a la calidad del servicio transfronterizo comunitario y a la normalización técnica. Dicho Comité es informado de las medidas adoptadas por los Estados miembros para garantizar la prestación del servicio universal.

Dicho Comité es informado de posibles excepciones a las normas de calidad que fueren justificadas por una Autoridad Nacional de Reglamentación por motivos de infraestructura o geografía. Dicho Comité es igualmente informado de los debates en el Comité Europeo de normalización y de los avances del mismo en este sector.

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