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La CNMC actualiza la regulación y el procedimiento para gestionar los datos de los abonados

Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Telecomunicaciones
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  • La nueva Circular 4/2025 refuerza la protección de datos y la seguridad del Sistema de Gestión de Datos de Abonado (SGDA).
  • Establece nuevas obligaciones para operadores y entidades que acceden al SGDA, como el uso de formatos normalizados para informar del domicilio del abonado o la realización de cursos de ciberseguridad.
  • El SGDA es una plataforma gestionada por la CNMC que permite a todos los operadores remitir los datos de sus abonados y ponerlos a disposición de los servicios de emergencia o de consulta telefónica, entre otros.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado la nueva Circular 4/2025 sobre el procedimiento de suministro y recepción de los datos de los abonados en el Sistema de Gestión de Datos de Abonado (SGDA). Esta Circular sustituye a la actualmente vigente, aprobada en 2013, y adapta el procedimiento a los cambios normativos y tecnológicos. (CIR/DTSA/002/23/SGDA)

¿Qué es el SGDA y para qué sirve?

El SGDA es una plataforma tecnológica diseñada y gestionada por la CNMC que permite a los operadores remitir los datos de sus abonados y ponerlos a disposición de determinadas entidades que pueden necesitarlos para ofrecer servicios como:

  • Guías telefónicas.
  • Servicios de consulta telefónica sobre números de abonados (como los números 118AB).
  • Servicios de atención de llamadas de emergencia (como el 112 y otros números nacionales de emergencias).
  • Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (previa autorización legal o judicial).

¿Por qué una nueva Circular?

La actualización responde a varios motivos:

  • Adaptación a la nueva Ley General de Telecomunicaciones (LGTel) y a la regulación de protección de datos (RGPD y LOPD).
  • Mejora de la seguridad del sistema y la calidad de los datos.
  • Revisión del procedimiento de suministro de datos por parte de los operadores.
  • Rediseño de las modalidades de acceso de las entidades habilitadas, bajo el principio de minimización de datos de la normativa aplicable.

Principales novedades

1. Acceso a los datos según el tipo de entidad:

  • Los servicios de emergencia y las guías en soporte físico accederán mediante descargas periódicas.
  • Las guías por internet, servicios de consulta telefónica y los agentes facultados tendrán acceso en tiempo real mediante API para realizar consultas específicas.

2. Nuevas obligaciones para operadores:

  • Cargas anuales obligatorias de todos los datos de sus abonados.
  • Uso obligatorio del callejero electoral del INE para codificar el domicilio del abonado.
  • Curso obligatorio (y gratuito) de concienciación en ciberseguridad para todos los usuarios del SGDA.

3. Refuerzo de la seguridad:

  • Adopción de diversas medidas para reforzar la protección del acceso y la disponibilidad segura de los datos.

Esta Circular se ha aprobado tras un proceso de doble audiencia pública (julio de 2023 y enero de 2025) y ha incorporado las sugerencias recibidas, entre otros, por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
 

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La CNMC realiza nuevas inspecciones en el sector de instalaciones para operadores de base fija (FBOs) en aeropuertos

Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Competencia
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  • Investiga posibles acuerdos anticompetitivos en la gestión y explotación de las instalaciones FBOs y en las licitaciones convocadas por Aena para el arrendamiento de instalaciones destinadas a la actividad de bases fijas de operaciones (FBO) en aeropuertos.
  • Entre el 10 y el 13 de junio, se llevaron a cabo inspecciones en las sedes de varias empresas. En mayo de 2024 ya se inspeccionaron las sedes de varias compañías que operan en ese mercado.
  • Las inspecciones constituyen un paso preliminar a la posible incoación formal de un expediente sancionador.

La CNMC continúa investigando posibles acuerdos y/o prácticas concertadas en la gestión y explotación de las instalaciones FBOs  y de reparto de las licitaciones que convoca Aena para arrendar instalaciones destinadas a la actividad de bases fijas de operaciones (FBO) en aeropuertos.

Entre los días 10 y 13 de junio de 2025, la CNMC llevó a cabo nuevas inspecciones   en las sedes de varias empresas que operan en este sector. Anteriormente, en mayo de 2024 se llevó a cabo una primera ronda de inspecciones (nota de prensa).

Las inspecciones suponen un paso preliminar en el proceso de investigación de las supuestas conductas anticompetitivas y no prejuzgan el resultado de la investigación ni la culpabilidad de las empresas inspeccionadas. Si como resultado de la inspección se encontrasen indicios de prácticas prohibidas se procederá a la incoación formal de expediente sancionador. 

Infracciones muy graves

Los acuerdos entre competidores constituyen una infracción muy grave de la legislación de competencia, que puede conllevar multas de hasta el 10 % del volumen de negocios total de las empresas infractoras.

La investigación de los cárteles constituye una de las prioridades de actuación de la CNMC, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores y el correcto funcionamiento de los mercados.

Programa de clemencia y colaboración ciudadana

La CNMC cuenta con el Programa de clemencia que permite a las empresas que forman parte de un cártel beneficiarse de la exención del pago de la multa, siempre y cuando aporten elementos de prueba que posibiliten a la CNMC su detección, o de una reducción del importe de la multa que pudiera imponérsele, si aporta información con valor añadido significativo, en relación con una investigación ya iniciada por la CNMC.

Prohibición de contratar

Por otra parte, la prohibición de contratar, establecida en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, para los sancionados por infracción grave en materia de falseamiento de la competencia, se exceptuaría respecto de las empresas acogidas al programa de clemencia, en aplicación del artículo 72.5 de la citada Ley, que señala que no procede declarar la prohibición de contratar a las empresas solicitantes de clemencia.

La CNMC también dispone de una plataforma online de colaboración ciudadana para la detección de cárteles: el Sistema de Informantes de Competencia Anónimos (SICA). De forma anónima, se pueden poner en conocimiento prácticas anticompetitivas, tales como acuerdos entre empresas competidoras para la fijación de precios u otras condiciones comerciales, reparto de los mercados o de los clientes, o repartos fraudulentos de las licitaciones públicas o privadas. 

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La CNMC revisará la regulación sobre portabilidad y verificación del consentimiento del cliente

Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Telecomunicaciones
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  • Abre consulta pública para actualizar las dos circulares clave que regulan cómo debe gestionarse el cambio de operador y la conservación del número, así como los mecanismos para acreditar el consentimiento informado de los usuarios en estos procesos.
  • La consulta plantea cuestiones técnicas y jurídicas para reforzar la protección de los usuarios y facilitar un cambio de proveedor rápido y seguro.
  • Se abordan aspectos como el cambio de operador a distancia, los paquetes de servicios o la portabilidad sin numeración asociada.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha lanzado una consulta pública sobre los procesos de cambio de operador y conservación de numeración (CIR/DTSA/009/25).

El objetivo es revisar y actualizar dos normas fundamentales: la Circular 1/2008, sobre los procedimientos de portabilidad, y la Circular 1/2009, relativa al consentimiento informado en la contratación de servicios de comunicaciones electrónicas.

Ambas normas y su desarrollo a través de su aplicación han sido esenciales para garantizar el derecho de los usuarios a conservar su número de teléfono cuando cambian de proveedor, y para evitar prácticas irregulares en la contratación. Sin embargo, la evolución tecnológica, el auge de los servicios empaquetados y los cambios normativos (como la entrada en vigor en 2022 de la Ley General de Telecomunicaciones) hacen necesaria su revisión.

¿Qué preguntamos en esta consulta?

La CNMC plantea una serie de cuestiones para recabar aportaciones sobre:

  • Cómo debe acreditarse el consentimiento informado del usuario, especialmente en contrataciones a distancia o electrónicas.
  • La portabilidad conjunta de números fijos y móviles, algo cada vez más frecuente en los paquetes convergentes.
  • El modelo técnico, económico y organizativo y de gestión del cambio de operador en servicios sin numeración, como el acceso a internet fijo.
  • El tratamiento de las ofertas empaquetadas, que combinan internet, móvil, televisión u otros servicios.
  • El papel de los operadores donantes y receptores en cada fase del proceso, y las posibles mejoras técnicas o procedimentales para evitar errores o retrasos.

Esta consulta pública se enmarca en el Plan de Actuaciones 2025 de la CNMC.

Con esta revisión, la CNMC quiere seguir impulsando un cambio de operador y una portabilidad segura, clara y centrada en los derechos del usuario.

Esta consulta pública está dirigida a todos los agentes del sector de las telecomunicaciones y otros interesados, como las asociaciones de usuarios. Las aportaciones pueden enviarse hasta el 13 de julio de 2025 a través de la sede electrónica de la CNMC.

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Seis de cada diez internautas realizaron una compra online en el segundo semestre de 2024

Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: General
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  • La mitad de los compradores online que recibieron un paquete lo compraron en Amazon.
  • El operador que más repartos de comercio electrónico realizó fue de nuevo Correos (29,4 %).
  • Las opciones de recogida del pedido en tiendas distintas a las del vendedor o en buzones siguieron ganando terreno.

El 57 % de los internautas realizó, al menos, una compra online en la segunda mitad de 2024. De ellos, el 94,5 % recibió algún paquete asociado a sus compras, y la mayoría (84,7 %) lo hizo en su domicilio particular.

Número de compras online en los últimos seis meses (porcentaje de individuos)

Gráfico número de compras online

Universo: Individuos que han usado Internet alguna vez en los últimos tres meses. Fuente: CNMC

Los resultados del Panel de Hogares de la CNMC sobre el sector postal y el comercio electrónico, relativos a la segunda mitad del año 2024, también confirmaron la tendencia al alza del número de internautas que opta por recoger sus pedidos de compras online en otras tiendas distintas a las del vendedor, como librerías, supermercados, etc. (20,4 %), y de los que lo hacen en buzones instalados por el operador.

Aun así, la mayoría de estos compradores online (84,7 %) siguió recibiendo sus paquetes en el domicilio particular.

Correos fue nuevamente el operador más utilizado para repartir paquetes derivados de compras online, con una cuota del 29,4 %, por delante de Seur, MRW o DHL.  

Operador que repartió el último envío de comercio electrónico recibido (porcentaje de individuos, IV-2024)

Gráfico operador repartió último envió comercio electrónico

Universo: Individuos que han hecho alguna compra online en los últimos seis meses que comportaba la recepción de un paquete. Fuente: CNMC

También fue el operador favorito de la mitad de los individuos que enviaron un paquete en los últimos seis meses (53,3 %), seguido muy de lejos por Seur (12,1 %), DHL y MRW (4,8 %, ambas).

Entre los compradores online que recibieron un paquete, la mitad (49,5 %) compró el último en Amazon, mientras que el 9,7 % lo adquirió en AliExpress.

Pensando en el último paquete que ha recibido de una compra online, ¿dónde realizó la compra? (porcentaje de individuos, IV-2024)

Gráfico empresa donde realizó su última compra online

Universo: Individuos que han hecho alguna compra online en los últimos seis meses que comportaba la recepción de un paquete. Fuente: CNMC

El uso del correo tradicional sigue en descenso. El 74,5 % de individuos no recibió ninguna carta de un particular en la segunda mitad de 2024. En cambio, cuatro de cada diez sí recibieron alguna carta o notificación de una administración pública. 

Las visitas a las oficinas postales estuvieron motivadas principalmente por la recepción y el envío de paquetes (47,9 % y 28,2 %, respectivamente).

Metodología

Estos resultados forman parte del Panel de Hogares de la CNMC, una encuesta a hogares e individuos de periodicidad semestral. La CNMC pretende recopilar información directamente de los ciudadanos a través de encuestas y análisis de las facturas de los servicios. El estudio es de naturaleza multisectorial y recoge datos relativos a los mercados de telecomunicaciones, audiovisuales, energía, postal y transporte, entre otros. La encuesta de esta oleada se llevó a cabo en el cuarto trimestre de 2024 e incluyó a 5.402 hogares y 9.139 individuos. Esta herramienta aporta una información amplia y diversa, y permite a la CNMC conocer mejor el punto de vista de los consumidores.   

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La CNMC aboga por impulsar la calidad de las universidades introduciendo más competencia

Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Promoción de Competencia
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  • La futura norma exige unos requisitos injustificados y discriminatorios a los centros que quieren impartir este tipo de enseñanza superior.
  • La CNMC recomienda replantear y/o justificar algunas medidas, y analizar su impacto en la calidad del servicio mediante indicadores objetivos.
  • La existencia de competidores públicos y privados no tiene por qué perjudicar la calidad del sistema universitario español.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha analizado el proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 640/2021, que regula la creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios (IPN/CNMC/005/25).

La futura norma introduce nuevos requisitos para los centros que imparten este tipo de enseñanza superior, relacionados con el nivel del profesorado, las instalaciones, la experiencia en la gestión universitaria, la sostenibilidad económica y los sistemas internos de calidad, entre otros.

Riesgos para la competencia

La CNMC comparte el objetivo del proyecto de mejorar la calidad del sistema universitario español. Sin embargo, la futura norma exige a los centros una serie de requisitos injustificados y discriminatorios que no maximizan la calidad del servicio y dificultan la entrada de nuevos competidores en el mercado.

Además, la normativa no incluye indicadores de calidad efectivos, concretos y objetivos que permitan analizar el impacto real de estos requisitos en la calidad del sistema universitario.

Recomendaciones de la CNMC

En su informe, la CNMC realiza las siguientes recomendaciones:

  • Incluir mecanismos que permitan conocer y subsanar las posibles deficiencias identificadas en el informe vinculante de la agencia de calidad (ANECA). El control debería centrarse en aspectos objetivos y medibles que permitan la evaluación ex-post.
  • Replantear la obligación de ofertar un número mínimo de títulos de grado, máster y doctorado o, al menos, no aumentar los requisitos existentes. Justificar mejor el límite a la verificación de nuevas titulaciones por las agencias de calidad.
  • Replantear el número mínimo de estudiantes matriculados (4.500 estudiantes), ya que no garantiza un nivel de calidad ni la sostenibilidad del proyecto.
  • No exigir experiencia en gestión universitaria a todos los integrantes del equipo directivo y eliminar este requisito para la persona física o jurídica promotora de una universidad privada.
  • Reconsiderar la capacidad mínima de alojamiento estudiantil. Si se mantiene, todos los operadores deberían cuantificar los costes económicos previstos y justificar el porcentaje mínimo fijado (10 % de las plazas).
  • Replantear la limitación del precio de matrícula de los centros adscritos, ya que se trata de una intervención de precios decidida por un tercero que limita la capacidad de autoorganización.
  • Reconsiderar la diferenciación respecto de las “universidades de especiales características”. Suprimir el porcentaje mínimo del 75 % de residencia en España para el personal docente e investigador y, de mantenerse, ser más flexibles en el plazo para que las universidades virtuales existentes puedan adaptarse.
  • Aplicar la existencia de reserva de ley para la creación y adquisición de facultades, escuelas y centros por parte de una universidad en una comunidad autónoma diferente, ya que se crean regímenes de autorización adicionales.

La CNMC puede actuar de oficio (de acuerdo con el artículo 5.1.h  de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) o a petición de las Cámaras Legislativas, el Gobierno, los departamentos ministeriales, las Comunidades Autónomas, las Corporaciones locales, los Colegios Profesionales, las Cámaras de Comercio y las Organizaciones Empresariales y de Consumidores y Usuarios (de acuerdo con su artículo 5.2).

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