Impugnación de actos y disposiciones contrarios a la unidad de mercado: artículo 27 LGUM
La reclamación administrativa del artículo 26 de la Ley está relacionada con el recurso especial que podemos presentar en defensa de la unidad de mercado. Es habitual que los operadores que ven desestimada su reclamación de artículo 26 de la Ley nos soliciten a continuación la presentación del recurso especial. El recurso se puede dirigir contra cualquier acto, actuación o disposición administrativa, así como frente a la inactividad o la vía de hecho en forma contraria a la Ley de garantía de la unidad de mercado.
La Audiencia Nacional es la competente para conocer del recurso. Aunque la legitimación es exclusiva de la CNMC, el operador puede intervenir como parte recurrente.
La Ley prevé plazos breves para la tramitación del recurso, y la posibilidad de obtener la suspensión automática del acto o disposición impugnados que hayamos solicitado.
Enlaces de interés:
Últimas interposiciones
Número | Expediente | Fecha |
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UM/037/19 | REGLAMENTO TRANSPORTES TERRESTRES - RD 70/2019 - RECURSO 01/317/2019 | |
UM/149/17 | APARCAMIENTOS URBANOS SERVICIOS Y SISTEMAS S.A | |
UM/037/19 | REGLAMENTO TRANSPORTES TERRESTRES - RD 70/2019 - RECURSO 01/317/2019 | |
UM/070/15 | GASOLINERA EN CENTRO COMERCIAL II | |
UM/097/19 | INVESTIGACIÓN GEOLÓGICA. GEÓLOGOS GRANADA -II- | |
UM/146/16 | AUTOTAXI DAGANZO. II | |
UM/045/16 | JUEGO FIANZAS CANTABRIA II | |
UM/033/15 | DECRETO CATALÁN ITE VIVIENDAS | |
UM/115/16 | ZGAT VIGO. I | |
UM/015/15 | TRANSPORTE MERCANCÍAS VEHÍCULOS PESADOS II |