Cambio de comercializador
Supervisión de los cambios de suministrador
Somos responsables de la supervisión de los cambios de suministrador en los sectores de electricidad y gas natural, conforme a los principios de transparencia, objetividad e independencia.
Informes de supervisión de los cambios de comercializador de energía eléctrica y gas
Número | Nombre | Fecha informe | Período |
---|---|---|---|
IS/DE/014/20 | IS SOBRE CAMBIOS DE COMERCIALIZADOR. AÑO 2020. -TRIMESTRAL- . | PRIMER TRIMESTRE 2020 | |
IS/DE/014/19 | IS SOBRE CAMBIOS DE COMERCIALIZADOR. AÑO 2019. -TRIMESTRAL- . | AÑO 2019 | |
IS/DE/014/19 | IS SOBRE CAMBIOS DE COMERCIALIZADOR. AÑO 2019. -TRIMESTRAL- . | CUARTO TRIMESTRE 2019 |
Todos los informes de supervisión de los cambios de comercializador de energía eléctrica y gas
Informes de supervisión de verificación del consentimiento en el cambio de comercializador
Todos los informes de supervisión de verificación del consentimiento en el cambio de comercializador
Información para el consumidor
- Como consumidor tienes derecho a elegir libremente la comercializadora con la que quieres contratar el suministro eléctrico o gasista
- El cambio de comercializador es un proceso gratuito
- El plazo máximo para realizar el cambio de comercializador es de 21 días
- El nuevo comercializador es el encargado de realizar todos los trámites relacionados con el cambio de comercializador
Información para Comunidades y Ciudades Autónomas y distribuidores de electricidad
- Formato de los ficheros de intercambio de información entre Comunidades y Ciudades Autónomas y distribuidores para la remisión de información sobre el autoconsumo de energía eléctrica aprobado por la Sala de Supervisión Regulatoria de la CNMC en su sesión del 13 de noviembre de 2019.
Información para distribuidores y comercializadores de electricidad y gas natural
- Formato CNMC para información SIPS (actualizado enero 2018) a utilizar por los distribuidores para aportar a la CNMC los datos contenidos en los SIPS.
- Formatos de los ficheros de intercambio entre comercializadores y distribuidores de electricidad y de gas natural aprobados por la Sala de Supervisión Regulatoria de la CNMC en su sesión del 20 de diciembre de 2016 (vigentes a partir del 31 de julio de 2017 para el sector eléctrico y del 30 de octubre de 2017 para el sector gasista).
- Formatos y protocolos de comunicación entre comercializadores y distribuidores de electricidad para adaptar su operativa al Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica
- Formatos de los ficheros de intercambio entre comercializadores y distribuidores de electricidad y de gas natural aprobados por la Sala de Supervisión Regulatoria de la CNMC en su sesión del 17 de diciembre de 2019 (vigentes a partir del 07 de septiembre de 2020 para el sector eléctrico y del 6 de julio de 2020 para el sector gasista).
La CNMC dispone de un espacio privado para las empresas relacionadas con la actividad de Cambio de Comercializador, al que se puede acceder pinchando en la imagen: